ORDEN EYE/171/2008, de 31 de enero, por la que se convocan subvenciones públicas para la realizacion de estudios de contenido socioeconómico dirigidas a las Entidades sin ánimo de lucro y a los Centros de las Universidades que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

ORDEN EYE/171/2008, de 31 de enero, por la que se convocan subvenciones públicas para la realizacion de estudios de contenido socioeconómico dirigidas a las Entidades sin ánimo de lucro y a los Centros de las Universidades que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

La Consejería de Economía y Empleo, a través de la Dirección General de Economía Política Financiera y Asuntos Europeos, tiene atribuidas entre sus competencias la elaboración, promoción y difusión de estudios e investigaciones sobre la realidad socioeconómica regional.

En el ejercicio de las referidas competencias resulta conveniente impulsar los estudios y trabajos que permitan obtener un conocimiento real de la situación económica de Castilla y León.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 87 del Tratado Constitutivo de la Unión Europea, las ayudas reguladas en esta Orden son compatibles con el mercado común, puesto que no afectan a la competencia, por lo que no es necesaria la notificación previa a la Comisión de la Unión Europea a que hace referencia el artículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

De conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León DISPONGO Primero. Convocatoria.

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones destinadas a la realización de estudios de contenido socioeconómico.

Segundo. Financiación.

  1. La financiación de las subvenciones convocadas por la presente Orden se realizará con cargo a las aplicaciones presupuestarias y por las cuantías que se indican a continuación, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León de 2008:

    Aplicaciones presupuestarias Importe 08.07.467A.01.78022 200.000

    08.07.467A.01.74038 40.050

  2. Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León de 2008 resultan de aplicación a la presente convocatoria.

    Tercero. Régimen Jurídico.

    La presente convocatoria se ajustará a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, en el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León, en la Orden EYE/1311/2005, de 3 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones establecidas y convocadas por la Consejería de Economía y Empleo y por los Organismos Autónomos y Entes Públicos de Derecho Privado adscritos a ella, modificada por la Orden EYE/1787/2007, de 31 de octubre, y en esta Orden.

    Cuarto. Objeto.

    La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones destinadas a la realización de estudios y trabajos científicos que permitan profundizar en el conocimiento de la realidad socioeconómica e impulsar el desarrollo de nuestra Comunidad.

    Quinto. Beneficiarios.

  3. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las Entidades sin ánimo de lucro y los Centros de las Universidades que tengan su sede y desarrollen sus actividades en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.

  4. Los solicitantes estarán exentos de acreditar que están al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, al amparo de lo establecido en el artículo 6 del Decreto 61/1997, de 20 de marzo, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social por los beneficiarios.

    Sexto. Actividades subvencionables.

  5. Podrán subvencionarse todos los proyectos inéditos que planteen la realización de estudios en materia socioeconómica regional de carácter monográfico, que justifiquen su especial interés para la Comunidad y sean relevantes para el desarrollo socioeconómico de Castilla y León.

  6. Las actividades subvencionadas deberán realizarse íntegramente con anterioridad al día 15 de noviembre de 2008.

    Séptimo. Cuantía de la subvención y criterios de valoración.

  7. La cuantía se determinará en cada caso en el proceso de evaluación, considerando las disponibilidades presupuestarias y teniendo como límite la cantidad de doce mil euros (12.000 euros).

  8. En el proceso de evaluación de las solicitudes presentadas, los criterios de...

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