DECRETO 26/2000, de 24 de febrero, por el que se constituye, por segregación, el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Ávila.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 26/2000, de 24 de febrero, por el que se constituye, por segre gación, el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Ávila.

La Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales, modificada por las Leyes 74/1978, de 26 de diciembre y 7/1997, de 14 de abril, prevé en su artículo 4, apartado 2.º que la segregación de Colegios Profesionales de la misma profesión será promovida por los propios Colegios, de acuerdo con lo dispuesto en los respectivos Estatutos, y requerirá la aprobación por Decreto, previa audiencia de los demás Colegios afectados.

Los administradores de fincas colegiados de Ávila, han expresado su voluntad de constituir en su demarcación territorial, su propio Colegio Territorial de Administradores de Fincas.

La Asamblea General del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Madrid, Ávila, Guadalajara y Segovia, en sesión extraordinaria celebrada del día 23 de noviembre de 1998, aprobó la segregación de las demarcaciones territoriales de Ávila, Guadalajara y Segovia, del actual Colegio de Administradores de Fincas de Madrid, Ávila, Guadalajara y Segovia.

El Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, reunido en Junta de Gobierno celebrada el día 19 de febrero de 1999, ha informado favorablemente la segregación de dicho Colegio Profesional.

Previo cumplimiento de los requisitos pertinentes, el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Fomento, en su reunión del día 1 de octubre de 1999 acordó aprobar la citada segregación mediante el Real Decreto 1559/1999, de 1 de octubre.

Los colegiados de Ávila, a través de la Comisión Gestora creada al efecto y en sesión celebrada el día 15 de diciembre de 1999, han acordado la creación del Colegio de Administradores de Fincas de Ávila con ámbito territorial en la capital y provincia.

Corresponde ahora a nuestra ComunidadAutónoma autorizar la constitución del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Ávila. Basta recordar que la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, supuso la ampliación de competencias de nuestra Comunidad Autónoma, asumiendo, entre otras, la competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de Corporaciones de Derecho Público representativas de intereses económicos y profesionales. Dicho traspaso quedó materializado para nuestra ComunidadAutónoma y respecto a los Colegios Profesionales por el Real Decreto 2166/1993, de 10...

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