ORDEN MAM/1589/2010, de 15 de noviembre, por la que se convocan ayudas en especie a las Entidades Locales de Castilla y León, consistentes en la entrega de plantas para la creación, regeneración y mejora de zonas verdes en terrenos de propiedad municipal.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Por Orden MAM/1586/2007, de 3 de octubre, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas en especie a las Entidades Locales de Castilla y León, consistentes en la entrega de plantas para la creación, regeneración y mejora de zonas verdes en terrenos de propiedad municipal.

Estas ayudas tienen como finalidad crear espacios arbolados que complementen el paisaje de los núcleos rurales y permitan mejorar sus características ambientales.

Vistas las competencias atribuidas por el artículo 26 de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

Esta Orden tiene por objeto convocar, para el año 2010, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas en especie consistentes en la entrega de plantas a las Entidades Locales de Castilla y León para la creación, regeneración y mejora de zonas verdes en terrenos de propiedad municipal, destinados a una finalidad pública.

Artículo 2 Beneficiarios.

Podrán solicitar las plantas cuya entrega se convoca en esta orden, las Entidades Locales de Castilla y León que, con una población inferior a 2.500 habitantes, tengan un bajo índice de espacios verdes en su territorio municipal.

No podrán ser beneficiarios aquellos municipios o entidades locales menores que teniendo concedida planta en virtud de la Orden MAM/2227/2009, de 25 de noviembre, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» N.º 234, de 7 de diciembre de 2009, no la hayan retirado.

Artículo 3 Solicitud y plazo.
  1. - La solicitud se formalizará conforme al modelo establecido en el Anexo de esta orden, que asimismo estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León accesible a través de la dirección www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

  2. - La solicitud podrá presentarse:

    1. En las Oficinas y Puntos de Información y Atención al Ciudadano de la Junta de Castilla y León o en los lugares relacionados en el artículo 15 del Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

    2. Mediante telefax, sin necesidad de perfeccionamiento posterior, de conformidad con lo dispuesto en el...

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