DECRETO 167/1985, de 27 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza a las Consejerías de Economía y Hacienda y Obras Públicas y Ordenación del Territorio a suscribir acciones en las Sociedades de Gestión Urbanística de Salamanca y Segovia.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 167/1985, de 27 de diciembre, de la Junta de Castilla y León, por el que se autoriza a las Consejerías de Economía y Hacienda y Obras Públicas y Ordenación del Territorio a suscribir acciones en las Sociedades de Gestión Urbanística de Salamanca y Segovia.

El Real Decreto 167/1985, de 19 de junio, transfirió a la Comunidad Autónoma de Castilla y León las participaciones de la Sociedad Estatal de Promoción y Equipamiento de Suelo (SEPES).

Asumidas las competencias transferidas en virtud del Decreto 73/1985, de 13 de julio, han sido atribuidas a la Consejería de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, a quien compete la gestión de las participaciones accionariales en las Sociedades constituidas.

Con el fin de llevar a cabo los programas y objetivos de las Sociedades Anónimas, Gestur Salamanca y Gestur Segovia, sendas Juntas Generales de Accionistas, en reuniones celebradas el 10 de diciembre de 1985, han acordado el aumento del Capital Social a través de la emisión de nuevas acciones por un valor total de cien millones de pesetas, y proponiéndose un desembolso inicial igual o superior a la cuarta parte del capital emitido, correspondiendo desembolsar a la Junta de Castilla y Leon la cantidad de veinte millones de pesetas, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad para el ejercicio de 1985.

En su virtud, de conformidad con el artículo 115 de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana; Real Decreto 1169/1978, de 2 de mayo; artículo 21 del Reglamento de la Gestión Urbanística en relación con lo dispuesto en los artículos 100 y 195 de la Ley del Patrimonio del Estado y Reglamento que la desarrolla respectivamente, y artículo 6.1. a) y 3 de la Ley General Presupuestaria, a propuesta de los Consejeros de Obras Públicas y Ordenación del Territorio y Economía y Hacienda, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión de 27 de diciembre de 1985,

DISPONGO:

Artículo 1º Se autoriza a los Consejeros de Obras Públicas y Ordenación del Territorio y de Economía y Hacienda a suscribir en...

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