DECRETO 265/1995, de 28 de diciembre de modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo como consecuencia de la reestructuración de Consejerías.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 29-12-1995 Nº Boletín: 248 / 1995

DECRETO 265/1995, de 28 de diciembre de modificación de las Relaciones de Puestos de Trabajo como consecuencia de la reestructuración de Consejerías.

La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, establece en el artículo 23.3 la exigencia de modificación de las Relaciones de Puetos de Trabajo y, en su caso, de los créditos presupuestarios necesarios para atender las retribuciones, con motivo de la aprobación de modificaciones en la Estructura Orgánica de las Consejerías.

Producido el supuesto de hecho previsto en la citada norma legal por la aprobación del Decreto 114/1995, de 10 de julio, así como los posteriores Decretos y Ordenes de reestructuración de Consejerías, a iniciativa de las Consejerías afectadas y a propuesta de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión de 28 de diciembre de 1995

DISPONGO:

  1. Los puestos de trabajo de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, bajo la dependencia de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo se identificarán bajo la codificación 08.02.

  2. Los puestos de trabajo de la Dirección General de Comercio y Consumo, bajo la dependencia de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo se identificarán bajo la codificación 08.03.

  3. Los puestos de trabajo de la Dirección General de Turismo, bajo la dependencia de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo se identificarán bajo la codificación 08.04.

  4. Los puestos de trabajo de la Dirección General de Trabajo, bajo la dependencia de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo se identificarán bajo la codificación 08.05.

    Los puestos de trabajo ocupados por el personal transferido en virtud de los Reales Decretos 831/1995 y 832/1995, de 30 de mayo, de transferencias en materia de trabajo, pasan a depender de la Consejería de Industria, Comercio y Turismo tal y como han sido transferidos.

  5. Los puestos de trabajo de los Servicios Territoriales de Economía pasa a integrar la plantilla de los Servicios Territoriales de Industria, Comercio y Turismo, identificándose bajo la codificación 08.01.

    Los puestos de Jefe de Servicio Territorial de Economía pasan a denominarse Jefes de Servicio...

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