ORDEN SAN/1567/2010, de 12 de noviembre, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Licenciado Especialista en Oncología Médica del Servicio de Salud de Castilla y León y para la constitución de la bolsa de empleo de esta especialidad.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

Aprobada la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010 mediante Decreto 17/2010, de 15 de abril («B.O.C. y L.» n.º 75 del 21 abril de 2010) y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud («B.O.E.» n.º 301, de 17 de diciembre de 2003) y en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León («B.O.C. y L.» 14 de marzo de 2007), y conforme a lo establecido en el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social («B.O.E.» n.º 8, de 9 de enero de 1999), vigente con rango reglamentario en virtud de la Disposición Transitoria sexta , letra c) de la Ley 55/2003, con el fin de atender las necesidades de personal de este servicio de salud, el Consejero de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas

ACUERDA:

Convocar proceso selectivo para el acceso, a través del sistema de concursooposición, a plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Oncología Médica del Servicio de Salud de Castilla y León, con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera.- Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas de la categoría de Licenciado Especialista en Oncología Médica del Servicio de Salud de Castilla y León correspondientes a la Oferta de Empleo Público del año 2010, de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 5 plazas para el turno de acceso libre.

  2. 1 plaza para el turno de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

  3. 4 plazas para el turno de promoción interna.

    1.2. Las plazas no cubiertas en el turno de personas con discapacidad o turno de promoción interna, se incrementarán a las ofertadas en el turno libre.

    1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; en la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en el Decreto 17/2010, de 15 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2010; así como en las bases de la presente Orden y supletoriamente en lo establecido en las bases generales que regirán la gestión de los procesos selectivos derivados de las Ofertas de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León aprobadas por la Orden ADM/853/2009, de 27 de marzo. En lo no previsto por estas normas se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

    1.5. El procedimiento de selección de los aspirantes, para los tres turnos, será el de concurso-oposición y estará formado por:

  4. Fase de oposición.

  5. Fase de concurso.

    1.5.a) Fase de oposición.

    La fase de oposición consistirá en la realización de un ejercicio único e igual para todos los turnos o sistemas de acceso, tendrá carácter eliminatorio y consistirá en resolver un supuesto práctico, propuesto por el Tribunal durante un tiempo máximo de 180 minutos.

    Los contenidos de este supuesto práctico vendrán referidos a los siguientes aspectos:

    - Características funcionales y conocimiento de la especialidad objeto de la convocatoria.

    - Actividad específica en los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León referida a la especialidad objeto de la convocatoria.

    - Conocimiento de la organización y funcionamiento de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener al menos 5 puntos para superar la fase de oposición del proceso selectivo.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal Calificador por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Los miembros del Tribunal podrán formular las preguntas que consideren oportunas con el objeto de aclarar aspectos relativos al contenido del supuesto práctico realizado.

    Cada uno de los miembros del Tribunal calificará al aspirante, otorgándoles la puntuación que estime conveniente, dentro del límite establecido anteriormente.

    La puntuación final vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal. El Secretario no tendrá voto en las materias relativas a la calificación de los aspirantes.

    Podrán superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

    El Tribunal mediante Resolución, publicará la relación de aspirantes que hubieran superado el ejercicio, conforme se establece en la base 7.2 de la presente Orden.

    1.5.b) Fase de concurso.

    En la fase de concurso se valorarán los méritos aportados y debidamente acreditados con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo II de la presente Orden.

    Para acceder a la fase de concurso, los aspirantes deberán superar previamente la fase de oposición, por lo que únicamente se valorarán los méritos de aquéllos que la hubieran superado, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes y acreditados mediante la aportación de la documentación original de los mismos o fotocopia compulsada. Dicha documentación se presentará en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la publicación de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición.

    En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.

    La realización del proceso selectivo tendrá una duración máxima de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Segunda.- Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

  6. Poseer la nacionalidad española. También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:

    1. Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

    2. El cónyuge de un español o de nacionales de Estados miembros de la Unión Europea cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho, o la pareja de hecho. Asimismo con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los del cónyuge o los de la pareja de hecho menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

    3. Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    Los aspirantes incluidos en el apartado segundo, así como los extranjeros incluidos en los apartados segundo y tercero deberán acompañar a su solicitud, documento que acredite las condiciones que se alegan.

  7. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

  8. Estar en posesión del título de Médico Especialista en Oncología Médica o estar en condiciones de obtener dicho título por haber finalizado la formación exigida para su obtención, dentro del plazo de presentación de solicitudes.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio competente en materia de Educación.

  9. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

  10. No ostentar la condición de personal estatuario fijo de la misma especialidad objeto de convocatoria, a la fecha de publicación de la presente Orden.

  11. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

    Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    2.2. Los aspirantes que concurran mediante promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

  12. Tener la condición de personal estatutario fijo, siempre y cuando el destino del puesto se encuentre en el servicio de salud de Castilla y León en categoría distinta de la convocada, del mismo o inferior grupo de clasificación.

  13. Estar en servicio activo y haber prestado servicios como personal estatutario fijo durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia.

    Los requisitos establecidos en este apartado 2.2. se acreditarán mediante certificación original o fotocopia compulsada, del centro donde hubieran prestado o estén prestando servicios y se adjuntará a la solicitud de participación del proceso selectivo.

    2.3. Los requisitos deben cumplirse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión salvo lo dispuesto en la letra e) del apartado 1 de este artículo.

    Tercera.- Constitución de la bolsa de empleo.

    3.1. De conformidad con el Decreto 5/2010, de 4 de febrero, por el que se regula la Gestión de las Bolsas de Empleo derivadas de los procesos selectivos para el ingreso en las Categorías y Especialidades de Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, se constituirá la bolsa de empleo para esta especialidad, en la que se integrarán

    los aspirantes que, habiendo manifestado su voluntad...

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