ORDEN SAN/1067/2008, de 12 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Ingeniero Superior, del Servicio de Salud de Castilla y León y para la constitución de la Bolsa de Empleo de esta categoría.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/1067/2008, de 12 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Ingeniero Superior, del Servicio de Salud de Castilla y León y para la constitución de la Bolsa de Empleo de esta categoría.

Aprobada la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007 mediante el Decreto 21/2007, de 8 de marzo ('B.O.C. y L.' n.º 49, de 9 de marzo 2007), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud ('B.O.E.' n.º 301, de 17 de diciembre de 2003) y en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León ('B.O.C. y L.' 14 de marzo de 2007), con el fin de atender las necesidades de personal de este Servicio de Salud, la Consejería de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas ACUERDA:

Convocar proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, a través del sistema de concurso-oposición, a plazas de la categoría de Ingeniero Superior, del Servicio de Salud de Castilla y León, con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 1 plaza de la categoría de Ingeniero Superior, del Servicio de Salud de Castilla y León, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2007, de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 1 plaza para el turno de acceso libre.

    1.2. La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de Salud; en la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en el Decreto 21/2007, de 8 de marzo por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2007; así como en las bases de la presente Orden y supletoriamente en lo establecido en las bases comunes vigentes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. En lo no previsto por estas normas se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

    1.3. El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura en el Anexo II de la presente Orden.

    1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes, será el de concurso-oposición y estará formado por:

  2. Fase de oposición.

  3. Fase de concurso.

    1.4.a) Fase de oposición.

    La fase de oposición consistirá en la realización de tres ejercicios que a continuación se indican, siendo cada uno de ellos eliminatorio.

    Primer ejercicio. Consistirá en contestar un cuestionario dirigido a apreciar la aptitud de los aspirantes para el desempeño de las funciones propias de las plazas que se convocan. El cuestionario estará integrado por 150 preguntas con respuestas múltiples basadas en el programa, de las que sólo una de ellas será la correcta, más el 10% de preguntas de reserva para posibles anulaciones.

    Las contestaciones erróneas se penalizarán con un tercio del valor de las respuestas correctas. No tendrán la consideración de erróneas las preguntas no contestadas.

    El Tribunal Calificador determinará el número mínimo de respuestas correctas necesario, una vez descontadas las negativas, para superar el ejercicio. Esta decisión se tomará con anterioridad a la identificación de los aspirantes y se calificará de cero a diez puntos. El tiempo total para la realización de este ejercicio será de 170 minutos, incluido el correspondiente a las preguntas de reserva.

    El Tribunal Calificador publicará en el plazo de dos días hábiles siguientes a la realización del ejercicio las respuestas correctas en los tablones de anuncios de las Gerencias de Salud de Área, en la sede del Tribunal y en la página Web del portal de sanidad (htt://www.sanidad.jcyl.es). Asimismo esta información se remitirá al servicio telefónico 012 de Información yAtención al Ciudadano. Los aspirantes dispondrán de un plazo de tres días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación de las respuestas correctas, para plantear impugnaciones fundadas contra las preguntas formuladas o las respuestas otorgadas por el Tribunal. Dichas impugna ciones deberán dirigirse, debidamente documentadas, al Tribunal, a la sede del mismo.

    El Tribunal mediante Resolución, publicará al menos en las Gerencias de Salud de Área, en la sede del propio Tribunal y en el Portal de Sanidad las relaciones de aspirantes que hubieran superado el primer ejercicio. Asimismo esta información se remitirá al Servicio Telefónico 012 de Información y Atención al Ciudadano. En esta Resolución el Tribunal indicará, en su caso, las preguntas anuladas que serán sustituidas por otras tantas de reserva.

    Segundo ejercicio. Consistirá en redactar por escrito dos temas generales, propuestos por el tribunal, que estarán relacionados con el contenido del programa. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas.

    El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública y llamamiento único. Antes de proceder a la lectura de los temas, el opositor deberá leer el índice-esquema que le haya servido de base para la realización del ejercicio. El Tribunal valorará los conocimientos, la capacidad de análisis, el orden y la claridad de las ideas desarrolladas, así como la corrección de la exposición escrita. Transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el opositor abandone la prueba por estimar una actuación notoriamente insuficiente.

    El Tribunal determinará la calificación mínima para la superación de este segundo ejercicio que se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario alcanzar para superarlo un mínimo de cinco puntos.

    Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo y resolución de un supuesto práctico propuesto por el Tribunal, durante un período máximo de tres horas, que podrá consistir en una memoria, crítica, comentario o informe sobre un proyecto, plan de actuación, etc., o cualquier otro supuesto relacionado con el contenido del programa.

    Para la redacción de este ejercicio podrán utilizarse los libros, textos o apuntes que consideren necesarios los aspirantes y que sean aportados por ellos, así como instrumentos informáticos y de cálculo portátiles.

    El ejercicio será leído en sesión pública y llamamiento único ante el Tribunal, quien podrá dialogar con el opositor sobre extremos relacionados con su ejercicio durante un período de diez minutos.

    Este tercer ejercicio se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco.

    Podrán superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

    1.4.b) Fase de concurso.

    En la fase de concurso se valorarán únicamente los méritos aportados y debidamente acreditados con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo III de la presente Orden.

    Para acceder a la fase de concurso, los aspirantes deberán superar previamente la fase de oposición, por lo que únicamente se valorarán los méritos de aquéllos que la hubieran superado, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes de admisión al proceso selectivo y acreditados mediante la aportación de la documentación original de los mismos o fotocopia compulsada. Dicha documentación se presentará en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la publicación de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición.

    El Tribunal, que solamente valorará la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrá requerir cualquier aclaración sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrá valorarse el mérito correspondiente. Asimismo los aspirantes que aporten méritos cuyos certificados estén redactados en idioma distinto al Castellano deberán presentar copia traducida por traductor jurado de los documentos aportados, en caso contrario, no se procederá a su valoración. En todo caso, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, respecto a las lenguas cooficiales.

    1.5. La realización del proceso selectivo tendrá una duración máxima de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Segunda. Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

  4. Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

  5. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

  6. Estar en posesión del título de Ingeniero Superior.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia.

  7. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

  8. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de...

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