ORDEN SAN/988/2008, de 6 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Facultativo Especialista en Cirugía Cardiovascular, del Servicio de Salud de Castilla y León.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/988/2008, de 6 de junio, por la que se convoca proceso selectivo para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de Facultativo Especialista en Cirugía Cardiovascular, del Servicio de Salud de Castilla y León.

Aprobadas las Ofertas de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para los años 2006 y 2008 mediante Decreto 10/2006, de 2 de marzo ('B.O.C. y L.' n.º 44, de 3 de marzo de 2006) y Decreto 22/2008, de 19 de marzo ('B.O.C. y L.' n.º 56, de 24 de marzo 2008) respectivamente y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud ('B.O.E.' n.º 301, de 17 de diciembre de 2003) y en la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León ('B.O.C. y L.' 14 de marzo de 2007), y conforme a lo establecido en el Real Decreto Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social ('B.O.E.' n.º 8, de 9 de enero de 1999), vigente con rango reglamentario en virtud de la Disposición Transitoria sexta , letra c) de la Ley 55/2003, con el fin de atender las necesidades de personal de este Servicio de Salud, la Consejería de Sanidad, en uso de las competencias atribuidas ACUERDA:

Convocar proceso selectivo para el acceso, a través del sistema de concurso-oposición, a plazas de la categoría de Facultativo Especialista en Cirugía Cardiovascular del Servicio de Salud de Castilla y León, con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir 5 plazas de la categoría de Facultativo Especialista en Cirugía Cardiovascular del Servicio de Salud de Castilla y León, correspondiente a la acumulación de las Ofertas de Empleo Público de los años 2006 y 2008, de acuerdo con la siguiente distribución:

  1. 2 plazas para el turno de acceso libre.

  2. 1 plaza para el turno de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

  3. 2 plazas para el turno de promoción interna.

    1.2. Las plazas no cubiertas en los turnos de personas con discapacidad y de promoción interna, se incrementarán a las ofertadas en el turno libre.

    1.3. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos establecidos.

    1.4. La realización de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; en la Ley 2/2007, de 7 de marzo del Estatuto Jurídico del personal estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León, en los Decretos 10/2006, de 2 de marzo y 22/2008, de 19 de marzo, por los que se aprueban las Ofertas de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para los años 2006 y 2008; así como en las bases de la presente Orden y supletoriamente en lo establecido en las bases comunes vigentes que regirán la gestión de los procesos selectivos del personal de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. En lo no previsto por estas normas se estará a lo dispuesto en la Ley 7/2005 de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y normas de desarrollo.

    1.5. El procedimiento de selección de los aspirantes, para los tres turnos, será el de concurso-oposición y estará formado por:

  4. Fase de oposición.

  5. Fase de concurso.

    1.5.a) Fase de oposición.

    La fase de oposición consistirá en la realización de un único ejercicio e igual para todos los turnos o sistemas de acceso, que tendrá carácter eliminatorio y que consistirá en resolver un supuesto práctico, propuesto por el Tribunal durante un tiempo máximo de 180 minutos.

    Los contenidos de este supuesto práctico vendrán referidos a los siguientes aspectos:

    Características funcionales y conocimiento de la especialidad objeto de la convocatoria.

    Actividad específica en los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León referida a la especialidad objeto de la convocatoria.

    Conocimiento de la organización y funcionamiento de los centros e instituciones sanitarias dependientes de la Gerencia Regional de Salud de Castilla y León.

    La valoración de este ejercicio será de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, al menos, 5 puntos para superar la fase de oposición del proceso selectivo.

    El ejercicio será leído públicamente ante el Tribunal Calificador por los opositores, previo señalamiento de fecha, hora y lugar.

    Los miembros del Tribunal podrán formular las preguntas que consideren oportunas con el objeto de aclarar aspectos relativos al contenido del supuesto práctico realizado.

    Cada uno de los miembros del Tribunal calificará a cada aspirante, otorgándole la puntuación que estime conveniente, dentro del límite establecido anteriormente.

    La puntuación final vendrá determinada por la media aritmética de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, excluyendo la mayor y la mínima de las mismas.

    Podrán superar la fase de oposición un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

    El Tribunal mediante Resolución, publicará la relación de aspirantes que hubieran superado el ejercicio, conforme se establece en la base 6.2.

    de la presente Orden.

    1.5.b) Fase de concurso.

    En la fase de concurso se valorarán los méritos aportados y debidamente acreditados con arreglo al baremo que se recoge en el Anexo II de la presente Orden.

    Para acceder a la fase de concurso, los aspirantes deberán superar previamente la fase de oposición, por lo que únicamente se valorarán los méritos de aquéllos que la hubieran superado, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes y acreditados mediante la aportación de la documentación original de los mismos o fotocopia compulsada.

    Dicha documentación se presentará en el plazo de 20 días naturales siguientes al de la publicación de la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición.

    En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para superar el ejercicio de la fase de oposición.

    El Tribunal, que solamente valorará la documentación debidamente acreditada y aportada en tiempo y forma, podrá requerir cualquier aclaración sobre la misma. Si el requerimiento no es atendido, no podrá valorarse el mérito correspondiente. Asimismo los aspirantes que aporten méritos cuyos certificados estén redactados en idioma distinto al Castellano deberán presentar copia traducida por traductor jurado de los documentos aportados, en caso contrario, no se procederá a su valoración. En todo caso, se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y de lasAdministraciones Públicas y del Procedimiento Común, respecto a las lenguas cooficiales.

    1.6. La realización del proceso selectivo tendrá una duración máxima de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

    Segunda. Requisitos de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitidos a la realización del presente proceso selectivo los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:

  6. Poseer la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

  7. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

  8. Estar en posesión del título de Médico Especialista en Cirugía Cardiovascular.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia.

  9. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

  10. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el desempeño de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

    Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

    2.2. Los aspirantes que concurran por el turno de promoción interna deberán reunir, además, los siguientes requisitos:

  11. Tener la condición de personal estatutario fijo, siempre y cuando el destino del puesto se encuentre en el Servicio de Salud de Castilla y León en categoría distinta de la convocada, del mismo o inferior grupo de clasificación.

  12. Estar en servicio activo, y con nombramiento como personal estatutario fijo durante, al menos, dos años en la categoría de procedencia.

    2.3. Los aspirantes que se presenten por el turno de personas con discapacidad, habrán de tener reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición expedido por los órganos competentes en materia de servicios sociales. No obstante lo anterior, aquellos aspirantes a los que se haya reconocido dicha discapacidad por la Comunidad Autónoma de Castilla y León no deberán aportar tal acreditación.

    2.4. Tales requisitos deben poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.

    Tercera. Solicitudes.

    3.1. Quienes deseen tomar parte en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de...

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