ORDEN HAC/1050/2012, de 3 de diciembre, por la que se concede autorización para actuar como entidad colaboradora en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León a Banco Grupo Cajatres, S.A.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La Orden HAC/373/2011, de 4 de abril, por la que se regula la prestación de servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León por las Entidades de depósito, establece que corresponde al titular de la Consejería de Hacienda otorgar la autorización a que se refiere su artículo tercero a solicitud de las entidades interesadas.

Atendiendo a las previsiones de la citada orden y una vez examinada la solicitud presentada por la entidad BANCO GRUPO CAJATRES, S.A., valorado el cumplimiento de las condiciones técnicas para la transmisión de la información y el grado de implantación en el territorio de la Comunidad; a propuesta de la Dirección General de Tributos y Financiación Autonómica,

RESUELVO:

  1. - Autorizar a la entidad BANCO GRUPO CAJATRES, S.A. con CIF A99298689 para prestar el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Comunidad Autónoma de Castilla y León con arreglo a lo establecido en la Orden HAC/373/2011, de 4 de abril, por la que se regula la prestación de servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Comunidad de Castilla y León por las Entidades de Depósito y a lo dispuesto en la normativa sobre recaudación.

  2. - Revocar la autorización concedida a Caja de Ahorros y Monte de Piedad del Círculo Católico de Obreros de Burgos.

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid...

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