DECRETO 56/1988, de 7 de abril, por el que se regula la composición de la Junta Rectora del Parque Natural del Lago de Sanabria y alrededores.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 12-04-1988 Nº Boletín: 69 / 1988

DECRETO 56/1988, de 7 de abril, por el que se regula la composición de la Junta Rectora del Parque Natural del Lago de Sanabria y alrededores.

Por Real Decreto 3061/1978, de 27 de octubre, modificado por Decreto 122/1985 de 12 de septiembre de la Junta de Castilla y León, se declaró Parque Natural el Sitio de Interés Nacional del Lago de Sanabria y alrededores, sito en la provincia de Zamora.

Desde la fecha de entrada en vigor del Decreto 122/1985 se han producido reestructuraciones en la organización administrativa de la Junta de Castilla y León, que obligan a la modificación de la Junta Rectora de este Parque para adecuarla a la nueva organización.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes y previa deliberación de la Junta de Castilla y León en su reunión del día 7 de abril.

DISPONGO:

Artículo 1 º.- Finalidad

El presente Decreto tiene por objeto la regulación de la composición de la Junta Rectora del Parque Natural del Lago de Sanabria y alrededores.

Art. 2.º- Junta Rectora. 1. La Junta Rectora se constituye para colaborar con la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes en la gestión del Parque natural para el mejor logro de las finalidades de su declaración.

  1. La Junta Rectora estará integrada por los siguientes miembros:

    - Presidente: El Delegado Territorial de la Junta de Castilla y León en Zamora.

    - Vicepresidente: El Jefe del Servicio Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes en Zamora.

    - Vocales:

    1. Los Jefes de los Servicios Territoriales de las Consejerías de Cultura y Bienestar Social, Fomento y Presidencia y Administración Territorial en Zamora.

    2. El Presidente de la Diputación Provincial o Diputado en quien delegue.

    3. El Alcalde del Ayuntamiento de Galende o Concejal en quien delegue.

    4. Los Alcaldes Pedáneos de los Anejos de Ribadelago, San Martín de Castañeda y Vigo.

    5. Un representante de la Dirección General de Montes, Caza, Pesca y Conservación de la Naturaleza.

    6. El Jefe de la Sección de Montes, Caza, Pesca y Conservación de la Naturaleza del Servicio Territorial de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Montes en Zamora.

    7. Dos personas de reconocida competencia en el campo de la Conservación de la Naturaleza, nombrados por el Consejero de Agricultura, Ganadería y Montes, a propuesta de la...

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