DECRETO 236/1987, de 10 de septiembre, por el que se regula la composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Cultura y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 236/1987, de 10 de septiembre, por el que se regula la composición y funcionamiento de las Comisiones Territoriales de Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

La Comunidad Autónoma de Castilla y León tiene competencias exclusivas en materia de Patrimonio Histórico Español de interés para la comunidad, según el artículo 26.1 13.ª de su Estatuto.

Estas competencias venían siendo desempeñadas por la anteriormente denominada Dirección General de Patrimonio Cultural en coordinación con las Comisiones Territoriales de cada provincia.

La reciente reestructuración administrativa operada por el Decreto 152/1987, de 28 de julio, 156/1987 de 30 de julio y el 216/1987 de 20 de agosto, aconseja adaptar tales Comisiones a la nueva realidad.

En su virtud, previo acuerdo de la Junta de Castilla y León, en su sesión de 10 de septiembre de 1987,

DISPONGO:

Artículo 1 º-En cada una de las capitales de provincia que componen la Comunidad de Castilla y León existirá una Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, dependiente de la Consejería de Cultura y Bienestar Social a través de la Dirección General de Patrimonio y Promoción Cultural, que extenderá sus competencias a todo el área provincial.
Art. 2 º-Las Comisiones Territoriales reguladas en este Decreto tendrán las siguientes funciones:
  1. Velar por la protección, conservación, investigación y difusión de los bienes, que dentro de su ámbito territorial, integran el Patrimonio Histórico Español, en el sentido regulado en el art. 1.2 de la Ley 16/1985, de 25 de junio.

  2. Servir de órgano de consulta, colaboración y asesoramiento a instituciones y particulares en materia de Patrimonio Cultural.

  3. Informar todas las intervenciones que afecten al mencionado Patrimonio Cultural y aprobar, por delegación de la...

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