DECRETO 14/1998, de 22 de enero, por el que se crea la Comisión Regional de Empleo y Formación.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 28-01-1998 Nº Boletín: 18 / 1998

DECRETO 14/1998, de 22 de enero, por el que se crea la Comisión Regional de Empleo y Formación.

El 28 de abril de 1993, la Junta de Castilla y León, las Centrales Sindicales Unión General de Trabajadores (U.G.T.) y Comisiones Obreras (CC.OO.), y la Confederación de Organizaciones Empresariales de Castilla y León (CECALE), suscribieron el Acuerdo para el Desarrollo Industrial de Castilla y León 1993-1996. Fruto de tal Acuerdo fue el Decreto 132/1993, de 17 de junio, sobre la Comisión de Seguimiento y Desarrollo del Acuerdo para el Desarrollo Industrial de Castilla y León y sobre la Comisión Regional para el Empleo y la Formación, que nació con vocación trianual, y vigencia hasta el 31 de diciembre de 1996.

La Comisión Regional de Empleo y Formación se acreditó como un instrumento útil y hasta necesario para mantener una negociación permanente entre la Administración Regional y los Agentes socio-económicos, para efectuar el seguimiento y grado de cumplimiento de las normas dictadas, y para mejorar en el desarrollo de la normativa que, en el futuro, pueda dictarse. Y todo ello debe articularse en una norma con vigencia no limitada en el tiempo.

Por ello, como consecuencia del acuerdo alcanzado en el marco del Diálogo Social para el Desarrollo socioeconómico de Castilla y León con las Organizaciones Sindicales y Empresariales, previo informe del Consejo Económico y Social de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 22 de enero de 1998,

DISPONGO:

Artículo 1 º- Creación y composición.
  1. - Se crea la Comisión Regional de Empleo y Formación, que estará constituida por doce miembros, cuatro en representación de la Administración, cuatro designados por CECALE y cuatro por parte sindical, dos designados por U.G.T y dos designados por CC.OO.

  2. - El Consejero de Industria, Comercio y Turismo designará los representantes de la Administración Autonómica.

  3. - Cada una de las tres partes designará...

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