Orden AYG/123/2003, de 10 de febrero, por la que se regulan y convocan ayudas, cofinanciadas por la sección orientación del FEOGA, para la mejora de las estructuras agrarias en aplicación del Reglamento (CE) 1257/1999 y Real Decreto 613/2001.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

las carre t e ras nacional N-122 y comarcal C-101, contiguo al polígo n o industrial UE-1I cuyo plan parcial fue aprobado por la C.T.U. con fecha 1 de febrero de 2002. Es promovido por el Ayuntamiento y redactado por el Arquitecto D. José Enrique Jiménez Catalán.

XIII.­ En su ordenación se prevén tres parcelas de gran superficie, en total 103.655 m2, aptas para edificar 41.462 m2 en industria media, 15.400 m2 de suelo para industria ligera o naves nido con 12.320 m2 edificables, una parcela de 12.880 m2 para equipamiento público, otra de 11.490 m2 para zonas verdes y 30.650 m2 de viario. Su ejecución será por expropiación, con una única fase para la ejecución de la urbanización.

XIV.­ En cuanto a infraestructuras, los servicios de abastecimiento, saneamiento y energía eléctrica se conectan con las redes urbanas. El acceso al polígono se propone desde la carretera comarcal C-101 con la ejecución de una nueva rotonda.

X V.­ El sistema de actuación es por ex p ro p i a c i ó n , y se prevé una única etapa para la ejecución de la urbanización del polígono.

Con base en los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

I.­ El presente expediente se tramita de conformidad con lo establecido en los artículos 50 a 55 de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo de Castilla y León.

II.­ Revisado su contenido, se comprueba que se han subsanado las deficiencias advertidas en el Informe de la Comisión Territorial de Urbanismo de fecha 7 de mayo de 2002 por lo que se considera completo.

III.­ No obstante, en la Ponencia Técnica el representante del Servicio Territorial de Medio Ambiente, indica que la anchura de los cordeles que at raviesan la zona objeto del Plan Pa rc i a l , d ebe ser de 16 metro s desde la arista ex t e rior a la explanación de la N-122 (intersección del talud del desmonte o ter raplén con el terreno natural).

IV.­ La Comisión Te rri t o rial de Urbanismo es competente para adoptar el presente acuerdo, de conformidad con lo establecido en los Arts. 54.2 y 138.2.a) 2.º de la Ley 5/1999, de 8 de abril,de Urbanismo de Castilla y León y en el Art. 2.1.a del Decreto 146/2000, de 29 de junio, por el que se regulan las Comisiones...

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