Orden PAT/1728/2003, de 11 de diciembre, por la que se convocan subvenciones a Entidades Locales, cofinanciadas por el F.S.E., para la contratación de personas con discapacidad y personas en riesgo o situación de exclusión social.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/1728/2003, de 11 de diciembre, por la que se convocan sub venciones a Entidades Locales, cofinanciadas por el F.S.E., para la contratación de personas con discapacidad y personas en riesgo o situación de exclusión social.

La lucha contra el desempleo y la creación de nuevos puestos de tr abajo, es uno de los objeti vos prioritarios del Gobierno Re gional.

En este empeño, la Junta de Castilla y León a través de la Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades y la Consejería de Economía y Empleo, con la cofinanciación del F.S.E., gestionarán un proyecto de integración sociolaboral de personas con reconocimiento de minusvalía (en adelante personas con discapacidad), perceptores de Ingresos Mínimos de Inserción (IMI), inmigrantes y jóvenes entre 16 y 25 años que tengan o hayan tenido en esta Comunidad Autónoma abierto expediente protector, o con medida judicial penal que se esté ejecutando en el período de vige ncia de esta Ord e n , o se haya ejecutado en el año 2003 por parte de esta C o munidad Au t ó n o m a , concediendo subvenciones a aquellas Corp o ra c i o n e s Locales que contraten a personas pertenecientes a algunos de estos colectivo s , p a ra el desempeño de tareas de interés público y utilidad social, u b i c adas en su ámbito terri t o rial. Los órganos ge s t o res de la subvención serán la G e rencia de Servicios Sociales y el Servicio Público de Empleo, y para el d e s a rrollo de este proyecto se contará con la colab o ración de la Fe d e ra c i ó n R egional de Municipios y Provincias de Castilla y León.

Con este proyecto se pretenden cubrir varios objetivos:

· La integración sociolaboral de personas con discapacidad y de personas en situación o riesgo de exclusión social.

· La implicación de las Corp o raciones Locales ap o rtando medios materiales e integrando a personas con especiales dificultades de inserción.

· La Coordinación de los medios económicos y personales de la Junta de Castilla y León para desarrollar fórmulas alternativas a las t radicionales convo c at o rias de subve n c i o n e s , limitadas por el ámbito competencial de cada Consejería.

El empleo, la realización de trabajos de interés público o de utilidad s o c i a l , y la integración lab o ral de personas con discapacidad o de personas en ri e s go o situación de ex clusión social, se funden en este proyecto intentando un efecto multiplicador que redunde en beneficio de toda la Comu n i d a d.

Dado que en la aplicación del programa están implicadas dos Consejerías de la Comunidad Autónoma, resulta conveniente la existencia de una disposición que regule las normas generales a tener en cuenta en el desarrollo de dicho Programa.

Por todo lo anteri o rmente citado, la Consejería de Presidencia y A d m i n i st ración Te rri t o ri a l , a iniciat iva conjunta de la Consejería de Economía y Empleo y de Consejería de la Familia e Igualdad de Oport u n i d a d e s , e fectúa la c o nvo c at o ria de subvenciones con las finalidades ex p u e s t a s , con cargo a los P resupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2004 y al amparo del Decreto 66/1996, de 21 de marzo , por el que se regulan las actuaciones de la A d m i n i s t ración de la Comunidad de Castilla y León cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y en uso de las at ri buciones confe ri d a s

DISPONGO:

Artículo 1 ­ Objeto y finalidad .

La presente convo c at o ria tiene por objeto establecer las normas para la concesión de ayudas de la Consejería de Economía y Empleo y las que re s u ltan de las competencias de la Gerencia de Servicios Sociales, destinadas a las Entidades Locales para la financiación de contrataciones temporales de personas desempleadas con reconocimiento de un grado de minu s valía igual o s u p e rior al 33%, así como a perc ep t o res del Ingreso Mínimo de Inserc i ó n , i n m i grantes y jóvenes entre 16 y 25 años que tengan o hayan tenido en esta C o munidad Autónoma ab i e rto expediente pro t e c t o r, o con medida judicial penal que se esté ejecutando en el período de vigencia de esta Ord e n , o se h aya ejecutado en el año 2003 por parte de esta Comunidad Au t ó n o m a , p a ra la realización de obras y servicios de interés público y utilidad social.

E x c ep c i o n a l m e n t e, se podrá contratar a benefi c i a rios del Ingre s o Mínimo de Inserción que no sean titulares de la prestación, (miembros de la unidad familiar, según el Decreto 197/2000, de 21 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingresos Mínimos de Inserción de la Comunidad de Castilla y León).

Los inmigrantes que se contraten al amparo de esta Orden deberán estar l egitimados para realizar trabajos por cuenta ajena en el terri t o rio de Castilla y L e ó n , s egún lo establecido en el Real Decreto 864/2001, de 20 de julio, p o r el que se ap ru eba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, d e 11 de enero , s o b re dere chos y libertades de los ex t ra n j e ros en España y su i n t egración social, re fo rmada por Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

Artículo 2 ­ Créditos asignados a la presente convocatoria:

La aplicación pre s u p u e s t a ria y el crédito destinado a financiar las ay u d a s e s t ablecidas en la presente convo c at o ria serán las que a tal efecto se ap ru eben en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León para el año 2003, en las aplicaciones y por los importes que a continuación se detallan:

­ Respecto a la Consejería de Economía y Empleo:

08.05.322A.01.760.40.00 2.010.952 euros

­ Respecto a la Gerencia de Servicios Sociales:

05.21.322A.03.760.67.00 880.000 euros

05.21.322A.03.760.42.00 367.330 euros

El crédito asignado podrá ser modificado, previa realización de los...

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