Orden ICT/609/2003, de 25 de abril, por la que se convocan subvenciones para el año 2003, cofinanciadas por el F.S.E., en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN ICT/609/2003, de 25 de abril, por la que se convocan subven ciones para el año 2003, cofinanciadas por el F.S.E., en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

El punto B) 2 a) del A n exo del Real Decreto 1187/2001, de 2 de noviembre, sobre traspaso a la Comunidad de Castilla y León de la gestión realizada por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de trab a j o, el empleo y la formación, viene a recoger, como materia objeto de traspaso, las referidas a aquellas actuaciones de gestión y control de las subvenciones y ayudas públicas de la política de empleo. Entre ellas se encuentran las ayudas reguladas por Orden de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de la colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Mediante la Orden de 5 de diciembre de 2002, de la Consejería de Industria, C o m e rcio y Tu rismo se convo c a ron subvenciones para el año 2003, cofinanciadas por el F.S.E., en el ámbito de colaboración con las Corporaciones Locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social adecuándose las normas reguladoras de concesión de estas ayudas a la especificidad organizativa de la Administración de la Comunidad de Castilla y León e incorporándose el 'Contrato Temporal de Inserción', establecido como nueva forma de contratación en la Ley 12/2001, de 9 de julio de Medidas Urgentes de Reforma del Mercado de Trabajo.

Una vez estudiados y valorados los expedientes por las Oficinas Territoriales de Trabajo y aprobada la relación de obras y servicios a realizar por localidad y beneficiario, en cada provincia, de conformidad con lo previsto en el artículo 12.1 y 2 de la Orden de convocatoria mencionada, existe un saldo sobrante para financiar nuevas ayudas, por lo que se procede a efectuar una nueva convocatoria.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General de Empleo y Formación, oídos los agentes sociales y económicos de Castilla y León, teniendo en...

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