ORDEN EDU/182/2009, de 6 de febrero, por la que se convocan ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, dirigidas a municipios mayores de 10.000 habitantes para la realización de actuaciones de interés educativo con el alumnado inmigrante, durante el año 2009

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN EDU/182/2009, de 6 de febrero, por la que se convocan ayudas, cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, dirigidas a municipios mayores de 10.000 habitantes para la realización de actuaciones de interés educativo con el alumnado inmigrante, durante el año 2009.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación dispone en su artículo 80.1 que con el fin de hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación las Administraciones públicas desarrollarán acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situaciones desfavorables y proveerán los recursos económicos y los apoyos precisos para ello.

El artículo 4 del Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación, establece entre sus objetivos impulsar la coordinación de la administración educativa con otras administraciones, instituciones, asociaciones y organizaciones no gubernamentales para el desarrollo de las acciones de compensación social y educativa dirigidas a los colectivos en situación de desventaja.

El artículo 11 de la citada norma contempla la participación y colaboración de los diferentes sectores de la comunidad educativa y del resto de la sociedad en el desarrollo de acciones complementarias a las actuaciones de compensación educativa.

De conformidad con esta previsión legal, la Consejería de Educación considera oportuno financiar actuaciones por parte de municipios mayores de 10.000 habitantes de la Comunidad de Castilla y León para la realización de actividades de interés educativo con el alumnado inmigrante.

A tal efecto, mediante Orden EDU/171/2009, de 2 de febrero ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 6 de febrero) se han aprobado las bases reguladoras de estas ayudas, de acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 6 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, procediendo ahora realizar la convocatoria de estas ayudas durante el año 2009.

Esta convocatoria está cofinanciada por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, en virtud del compromiso asumido por la Comunidad de Castilla y León en la cláusula cuarta del convenio de colaboración suscrito entre ambas entidades el 26 de agosto de 2005 para el desarrollo de actuaciones de acogida e integración de personas inmigrantes así como de refuerzo educativo.

En consecuencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de Castilla y León y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO Primero. Objeto de la subvención.

1.1. La presente Orden tiene por objeto establecer la convocatoria de ayudas cofinanciadas por el Ministerio de Trabajo e Inmigración, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a municipios mayores de 10.000 habitantes para la realización de actuaciones de interés educativo con el alumnado inmigrante en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, durante el año 2009.

1.2. Podrán ser objeto de subvención aquellas actuaciones incluidas en alguna de las siguientes modalidades:

  1. Modalidad I: Actividades de acogida, mediación, refuerzo y apoyo, e integración en el medio social y cultural del contexto a desarrollar con alumnado inmigrante.

  2. Modalidad II: Programas de compensación educativa: refuerzo de servicios y ayudas en el ámbito educativo con alumnado inmigrante.

  3. Modalidad III: Encuentros de convivencia e interculturalidad entre alumnos de distintas culturas y países.

    Segundo. Cuantía y dotación presupuestaria.

    2.1. La cuantía global máxima del crédito destinado a estas ayudas será de QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS (543.954 ) con cargo a la aplicación 07.02.322A02.46065.0 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2009.

    2.2. La cuantía individualizada de cada ayuda se determinará en atención a la puntación obtenida aplicando los criterios de valoración establecidos en el apartado 7.2, con los límites máximos indicados y de conformidad con los siguientes porcentajes hasta agotar el crédito disponible:

    Tercero. Beneficiarios.

    Podrán ser...

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