ORDEN FYM/209/2012, de 20 de marzo, por la que se convoca el pago de ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), de la medida en favor del medio forestal, (Incorporación 2008, 2009 y 2010).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Por un lado, la Orden MAM/53/2008, de 15 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 12 de 18 de enero de 2008, reguló en la Comunidad de Castilla y León el régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal para el período de programación 2007/2013, de acuerdo con lo establecido en el Programa de Desarrollo Rural.

El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, de 20 de septiembre, relativo a la ayuda al Desarrollo Rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), establece el marco de la ayuda comunitaria al desarrollo rural.

El Reglamento (CE) 1974/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, en lo que atañe a los principios y normas generales de la ayuda al desarrollo rural, las disposiciones específicas y comunes que regulan las medidas de desarrollo rural, y los criterios de subvencionalidad y las disposiciones administrativas, exceptuando las disposiciones en materia de control. Por otra parte, el Reglamento (UE) 65/2011, de la Comisión, de 27 de enero, establece las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE)1698/2005, del Consejo, en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural.

El Reglamento (CE) 1698/2005, del Consejo, establece el nuevo marco legal de estas ayudas, y persigue como objetivos: aumentar la competitividad de la agricultura y la silvicultura mediante la ayuda a la reestructuración, el desarrollo y la innovación, mejorar el medio ambiente y el medio rural mediante ayudas a la gestión de tierras, y mejorar la calidad de vida en las zonas rurales y fomentar la diversificación de la actividad económica.

La necesidad de adaptar la orden señalada a la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, así como al Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social, supuso la derogación de la Orden MAM/53/2008, de 15 de enero, y la aprobación de la Orden MAM/38/2009, de 16 de enero, por la que se establecen las bases reguladoras del régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal, la cual prevé, en su disposición transitoria, que «Los procedimientos iniciados por convocatorias públicas anteriores a la entrada en vigor de esta orden, continuarán rigiéndose por la normativa vigente en el momento de la publicación».

Ambas órdenes señalan, en su artículo 12, que las solicitudes anuales de pago del citado régimen de ayudas se realizarán de acuerdo con la correspondiente orden de convocatoria de pago.

En cumplimiento de lo expuesto, se considera necesario efectuar la convocatoria para el pago de las siguientes anualidades:

- La segunda anualidad de los titulares de explotaciones agrarias incorporados a dicha medida al amparo de la Orden MAM/323/2010, de 10 de marzo («Boletín Oficial de Castilla y León» de 17 de marzo de 2010).

- La tercera anualidad de los titulares de explotaciones agrarias incorporados a dicha medida al amparo de la Orden MAM/54/2009, de 19 de enero («Boletín Oficial de Castilla y León» de 22 de enero de 2009).

- La cuarta anualidad de los titulares de explotaciones agrarias incorporados a dicha medida al amparo de la Orden MAM/128/2008, de 31 de enero («Boletín Oficial de Castilla y León» de 1 de febrero de 2008).

Asimismo, ha de tenerse en cuenta que mediante el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, se han establecido medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos. Asimismo, el Decreto-Ley 3/2009, de 23 de diciembre, en su Disposición Adicional cuarta establece que «en los procedimientos administrativos relativos a autorizaciones, licencias y permisos, así como en los procedimientos de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, cuando haya sido suprimida la obligación de aportar documentación que afecte a datos de carácter personal, se entenderá que el interesado, al presentar su solicitud, presta su consentimiento para el acceso electrónico a los referidos datos de carácter personal por parte de los órganos administrativos competentes».

En virtud de lo anterior, se considera necesario efectuar la convocatoria para el pago a los titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León incorporados al régimen de ayudas de la medida en favor del medio forestal, al amparo de la Orden MAM/128/2008, de 31 de enero, Orden MAM/54/2009, de 19 de enero y Orden MAM/323/2010, de 10 de marzo.

Considerando el informe favorable de la Autoridad de gestión del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León en lo que respecta a las medidas financiadas por el FEADER a las que se refiere esta convocatoria y en su virtud, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y con base a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones; y en la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Convocatoria.

Convocar, para el año 2012, el pago anual de las ayudas de la medida en favor del medio forestal, cofinanciadas por el FEADER.

Segundo.- Beneficiarios.

Serán beneficiarios de estas ayudas los titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León que se hayan incorporado a la medida citada y tengan en vigor, para el año 2012, el contrato a que se refieren la Orden MAM/53/2008, de 15 de enero, la Orden MAM/128/2008, de 31 de enero, la Orden MAM/38/2009, de 16 de enero, la Orden MAM/54/2009, de 19 de enero y la Orden MAM/323/2010, de 10 de marzo.

Tercero.- Dotación presupuestaria.

Las ayudas se pagarán con cargo a la aplicación presupuestaria y cuantía de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2012 que se detallan a continuación.

Aplicación presupuestaria

Importe

06.03.456A01.77065.0

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