ORDEN EYE/1760/2010, de 21 de diciembre, por la que se convocan subvenciones cofinanciables con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para actuaciones en materia de ahorro energético y eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como para la promoción de la construcción de nuevos edificios con calificación energética tipo A o B en Castilla y León. (Código REAY IND043).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

El Sector Edificación comprende los servicios que tienen un mayor peso sobre el consumo energético de los edificios: las instalaciones térmicas (calefacción, climatización y producción de agua caliente sanitaria), las instalaciones de iluminación interior y las instalaciones de ascensores, tanto del sector doméstico como del sector terciario. El consumo de energía final de este Sector representa más del 17% del consumo de energía final nacional, correspondiendo un 10% al sector doméstico y un 7% al sector terciario.

El IDAE dentro de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4), tiene programadas varias medidas de actuación, cuyo objetivo es fomentar la renovación de instalaciones térmicas, la renovación de instalaciones de iluminación interior, mejorar de la eficiencia energética de los ascensores y promover la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B».

Para el desarrollo y promoción de este tipo de actuaciones, la Comunidad de Castilla y León y el IDAE, vienen firmando distintos convenios de colaboración, para la definición y puesta en marcha de las actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012 (PAE4+) de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España, que se materializa anualmente mediante la aprobación de unos Planes de Trabajo, y que para este caso concreto, la Comunidad Autónoma de Castilla y León ha programado como una actuación singular y específica la puesta en marcha de subvenciones para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como la promoción de la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B».

Por otra parte hay que considerar que con las actuaciones a subvencionar previstas en esta Orden, se contribuye a la reducción de las emisiones de CO 2 a la atmósfera, siendo este uno de los objetivos que persigue la aplicación de fondos económicos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), por lo que se justifica la posibilidad de cofinanciar las subvenciones con fondos FEDER.

El procedimiento de tramitación electrónica implica, sin duda, la simplificación documental en los procedimientos administrativos. Por ello, en esta Orden, se tiene en cuenta lo previsto en el Decreto 23/2009, de 26 de marzo de 2009, sobre medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos en Castilla

y León, y en la Orden ADM/941/2009, de 2 de mayo, por la que se desarrolla el Decreto 23/2009, de 26 de marzo de 2009, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos. Así, en los procedimientos relativos a las subvenciones para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como la promoción de la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B», no se exigirá la presentación de originales ni de copias compulsadas, admitiéndose así mismo la firma electrónica de documentos privados a través del servicio que presta la Administración de Castilla y León disponible en la «ventanilla del ciudadano» en la dirección Web www.tramitacastillayleon.jcyl.es.

Con las premisas anteriores, la Consejería de Economía y Empleo ha dictado cinco Órdenes relacionadas con la gestión y tramitación de las subvenciones para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como para la promoción de la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B», en concreto, la Orden EYE/1690/2010, de 9 de diciembre por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como la promoción de la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B», la Orden EYE/1653/2010, de 26 de noviembre, por la que se aprueba la aplicación electrónica «RISUBAEERCYL», la Orden EYE/1655/2010, de 26 de noviembre, por la que se aprueba la aplicación electrónica «SUBAESECYL», la Orden EYE/1654/2010, de 26 de noviembre, por la que se aprueba la aplicación electrónica «SUBCECYL», y la Orden EYE/1663/2010, de 1 de diciembre, por la que se crea el registro de instaladores colaboradores para las subvenciones de ahorro energético, eficiencia energética y energías renovables, que suponen una gran novedad en cuanto a la gestión y tramitación de estas subvenciones, al configurar el procedimiento a realizar exclusivamente por medios telemáticos y automatizándose el proceso administrativo.

El procedimiento que se aprueba en la presente Orden, tiene el carácter de exclusivo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, dado que los solicitantes, por razón de su capacidad económica y técnica y dedicación profesional, así como por razón de la materia, tienen garantizado el acceso y disponibilidad de los medios tecnológicos precisos.

El Ente Público Regional de la Energía de Castilla y León, creado por Ley 7/1996, como Organismo Técnico en materia de ahorro y eficiencia energética y energías renovables, cuenta con capacidad y medios técnicos y humanos suficientes para poder llevar a cabo las tareas de gestión, tramitación y verificación de las solicitudes de subvención que se puedan presentar para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como la promoción de la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B», siendo la Entidad Colaboradora para la gestión de las ayudas y subvenciones a otorgar en materia de ahorro y eficiencia energética y de energías renovables en base a lo previsto en el Convenio de colaboración firmado con la Consejería de Economía y Empleo en fecha 28 de septiembre de 2010.

Aunque se prevé que entre los beneficiarios de estas subvenciones puedan estar las entidades que tengan la condición de empresa según las Directrices de la Unión Europea,

y, en consecuencia, sería necesario obtener la compatibilidad de las ayudas reguladas por la presente Orden, a tenor de lo dispuesto en los artículos 107 a 109 del Tratado de la Unión Europea (de acuerdo con la redacción dada por el Tratado de Lisboa), no obstante, no es preciso llevar a cabo este trámite pues este tipo de actuaciones se han incluido en el Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión de 6 de agosto de 2008, (fecha de publicación en el DO L 214 de 09/08/2008) por el que se determinan categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado (Reglamento general de exención por categorías), habiéndose comunicado a la Comisión Europea y teniendo el número de ayuda «X 46/2010».

En la presente Orden se cumplen las circunstancias previstas en el artículo 3 de la Orden HAC/1430/2003, de 2 de noviembre, sobre tramitación anticipada de expediente de gasto.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en el artículo 26 f) de la Ley 3/2001, de 3 de julio, de Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León, así como en el artículo 17.1 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO

Primero.- Convocatoria.

Se convocan las subvenciones públicas cofinanciables con fondos FEDER, para actuaciones en materia de ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, o de iluminación interior o de ascensores, en el sector edificación, así como para la promoción de la construcción de nuevos edificios con calificación energética tipo «A» o «B», en Castilla y León.

Para la solicitud, gestión, tramitación y resolución de estas subvenciones se estará a lo dispuesto en la Orden EYE/1690/2010, de 9 de diciembre, por la que se establecen las Bases Reguladoras de las subvenciones para ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como la promoción de la construcción de edificios con calificación energética tipo «A» o «B»

Segundo.- Financiación.

Para actuaciones en materia de ahorro energético y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas, o de iluminación interior, o de ascensores, el gasto se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias y en las cuantías que se indican a continuación, del ejercicio presupuestario 2011:

Ejercicio Presupuestario Partida Presupuestaria Cuantía (€)

2011 08.04.467B02.740.29 149.000

2011 08.04.467B02.760.08 399.000

2011 08.04.467B02.770.47 355.906

2011 08.04.467B02.780.13 1.236.094

Para la promoción de la construcción de nuevos edificios con calificación energética tipo «A» o «B» en Castilla y León, el gasto se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias y en las cuantías que se indican a continuación, del ejercicio presupuestario 2011:

Ejercicio Presupuestario Partida Presupuestaria Cuantía (€)

2011 08.04.467B02.760.08 100.000

2011 08.04.467B02.770.47 75.000

2011 08.04.467B02.780.13 175.000

Las previsiones contenidas en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2011 serán de aplicación a la presente convocatoria en el momento de su entrada en vigor.

Los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser modificados, previa la oportuna tramitación.

La asignación del gasto queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente para su cobertura en los Presupuestos Generales para el ejercicio 2011.

Esta línea de subvenciones podrá ser cofinanciada en parte con fondos FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo...

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