ORDEN EYE/473/2012, de 12 de junio, por la que se modifica la Orden EYE/1589/2011, de 23 de diciembre, por la que se convocan subvenciones cofinanciables con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para actuaciones en materia de ahorro energético y eficiciencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como para la promoción de la construcción de nuevos edificios con calificación energética tipo A o B en Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

Por Orden EYE/1589/2011, de 23 de diciembre, se convocan subvenciones cofinanciables con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional para actuaciones en materia de ahorro energético y eficiciencia energética de las instalaciones térmicas, de iluminación interior y de ascensores del sector edificación, así como para la promoción de la construcción de nuevos edificios con calificación energética tipo A o B en Castilla y León.

En la disposición octava de la mencionada orden, se establece que el plazo de ejecución de las actuaciones para los beneficiarios que no tengan la condición de empresa, es el comprendido entre el 1 de enero de 2011 y el 15 de octubre de 2012. Y en el caso de los beneficiarios que tengan la condición de empresa, el plazo de ejecución será el comprendido entre el día siguiente a la presentación de la solicitud y el 15 de octubre de 2012.

Así mismo, en el punto 1 de la disposición decimosexta, se establece que el plazo máximo para solicitar la liquidación de las subvenciones finalizará el 31 de octubre de 2012.

Estas subvenciones se encuentran financiadas en base al Convenio marco de colaboración entre la Administración de la Comunidad de Castilla y León y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), para la definición y puesta en práctica de actuaciones contempladas en el Plan de Acción 2008-2012, (PAE4+) de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia en España.

En la cláusula tercera del mencionado convenio, se establece que en relación con los compromisos adquiridos sobre la base del convenio firmado, deberán estar liquidados con anterioridad al 31 de octubre de 2012.

En fecha 4 de abril de 2012, se ha solicitado al IDAE, una prórroga hasta el 30 de abril de 2013 para justificar los compromisos adquiridos, sin que hasta la fecha se haya recibido una respuesta positiva.

Teniendo en cuenta, lo indicado anteriormente, resulta necesario proceder a la modificación de los plazos previstos en la convocatoria, tanto en lo relativo a la ejecución de las actuaciones como para la justificación de las subvenciones concedidas.

En su virtud, y de conformidad con las atribuciones conferidas en la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, y a propuesta de la Dirección General de Energía y Minas,

DISPONGO

Primero.- Modificar la disposición octava, quedando como sigue:

Octavo.- Plazo de ejecución de las actuaciones.

Para los beneficiarios...

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