ORDEN FYM/151/2012, de 5 de marzo, relativa a la reclamación previa a la Vía Judicial Civil presentada por D.ª Clementina Izquierdo Santidrián, en relación con una parcela del monte «La Isa y La Rasa» n.º 167 del C.U.P. de la provincia de Burgos, perteneciente al Ayuntamiento de Madrigal del Monte.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente BU-RP-388/12, incoado por la Sección Territorial de Ordenación y Mejora I, del Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos, a petición de D.ª Clementina Izquierdo Santidrián sobre la rectificación del deslinde del M.U.P. 167.

ANTECEDENTES DE HECHO

  1. Por Orden de 22 de octubre de 1973, se aprobó el deslinde del monte «LA ISA Y LA RASA», número 167 del C.U.P. de la provincia de Burgos, propiedad del Ayuntamiento de Madrigal del Monte y situado en su término municipal.

  2. Con fecha 11 de enero de 2011 se publica en el «Boletín Oficial de Castilla y León» edicto del Servicio Territorial de Burgos relativo al amojonamiento del Monte «La Isa y La Rasa» n.º 167 del C.U.P. de la provincia de Burgos. Se fija fecha de 12 de mayo de 2011 para la realización de los apeos en campo correspondientes a la labor de amojonamiento. Previamente al amojonamiento se llevó a cabo una reunión informativa y el comienzo de replanteo de los piquetes de deslinde, con fecha 22 de noviembre de 2010.

  3. Con fecha 31 de enero de 2011, D.ª Clementina Izquierdo Santidrián, manifiesta desacuerdos varios en relación con el replanteo de los piquetes de deslinde.

  4. Con fecha 1 de abril de 2011, se comunica a través de edicto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Madrigal del Monte, el fin de los trabajos de replanteo de los piquetes de deslinde, abriéndose un período de reclamaciones a los colindantes afectados hasta el 30 de abril de 2011.

  5. Con fecha 14 de junio de 2011, acuse de recibo de 22 de junio de 2011, se responde razonadamente a D.ª Clementina Izquierdo Santidrián, referente a la correcta ubicación de los piquetes 21, 21-1, 21-2, 21-3, 21-4 y 22. Así mismo, se le comunica que el deslinde de líneas de término municipal o entidades locales menores solicitado, excede de las competencias de esta Consejería.

  6. Con fecha 27 de junio de 2011, D.ª Clementina Izquierdo Santidrián presenta reclamación previa a la vía judicial en relación con la ubicación de los piquetes de deslinde 21-1, 21-2, 21-3, 21-4. Adjunta croquis de la parcela de su propiedad colindante con el monte y Actas de delimitación de la línea de Término de Madrigal del Monte de 1908.

  7. Con fecha 26 de julio de 2011, la Sección Territorial primera informa negativamente la reclamación previa efectuada por parte de D.ª Clementina Izquierdo Santidrián, dado que no existen pruebas suficientes para aceptar la citada reclamación.

  8. Con fecha 26 de julio de 2011 (acuse de recibo de 2...

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