ORDEN EDU/380/2013, de 20 de mayo, por la que se establece el calendario escolar para el curso académico 2013/2014 en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Castilla y León y se delega la competencia para sus modificaciones.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejerÍA de Fomento y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, las Administraciones educativas fijarán anualmente el calendario escolar, que ha de comprender un mínimo de 175 días lectivos para las enseñanzas obligatorias.

Según esta previsión, la Consejería de Educación mediante la presente orden establece el calendario escolar para el curso 2013/2014 en todos los centros docentes no universitarios de esta Comunidad Autónoma, salvo para las enseñanzas de primer ciclo de educación infantil, enseñanzas deportivas y enseñanzas artísticas superiores, que se regirán por su normativa específica. En su elaboración se ha tenido en cuenta la experiencia en cursos precedentes y la heterogeneidad de las provincias que conforman la Comunidad, de modo que se establezca un marco común donde se desarrolle la necesaria coherencia pedagógica y organizativa. Al mismo tiempo se dota de un margen de autonomía a los centros y serán las Direcciones Provinciales de Educación quienes por delegación puedan resolver sobre las modificaciones del calendario que se soliciten.

Se pretende así conseguir que las enseñanzas se desarrollen con las mayores garantías de eficacia, de forma que se optimice la calidad del servicio educativo que se ofrece, y se favorezca la autonomía de los centros en la organización y distribución del tiempo escolar.

Por otro lado, la Orden EDU/2134/2008, de 10 de diciembre, por la que se regula la evaluación en bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, establece en el artículo 9.6 que la prueba extraordinaria se celebrará en el período que determine la orden por la que se establezca el calendario escolar.

En el artículo 6 del Decreto 38/2011, de 7 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, se asigna a la Dirección General de Política Educativa Escolar, entre otras atribuciones, la correspondiente a la propuesta de calendario escolar.

En su virtud, vista la propuesta del titular de la Dirección General de Política Educativa Escolar y en atención a las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, previo dictamen del Consejo Escolar de Castilla y León,

RESUELVO

Primero.- Objeto y ámbito de aplicación.

1.1. La presente orden tiene por objeto establecer el calendario escolar para el curso académico 2013/2014, en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Castilla y León, que se adjunta como Anexo.

1.2. Este calendario será de aplicación a todos los centros docentes, tanto públicos como privados, para las siguientes enseñanzas: segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, programas de cualificación profesional inicial, bachillerato, formación profesional, enseñanzas elementales y profesionales de música y danza, enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño, enseñanza de idiomas, así como a los centros que imparten educación especial y educación de personas adultas.

Segundo.- Cumplimiento y publicidad.

2.1. La dirección del centro y, en su caso, su titular, serán los responsables de cumplir y hacer cumplir lo dispuesto en esta orden.

2.2. A la Dirección...

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