ORDEN SAN/196/2007, de 29 de enero, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de investigación en biomedicina, gestión sanitaria y atención socio sanitaria de hasta un año de duración, en el marco de la política I+D+I de la Junta de Castilla y León.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN SAN/196/2007, de 29 de enero, por la que se convocan subvenciones para la realización de proyectos de investigación en biomedicina, gestión sanitaria y atención socio sanitaria de hasta un año de duración, en el marco de la política I+D+I de la Junta de Castilla y León.

La Consejería de Sanidad viene desarrollando diferentes iniciativas a favor de la investigación sanitaria en la idea que los resultados derivados de la misma van a contribuir de forma notable y significativa en la mejora de las intervenciones y procedimientos preventivos, diagnósticos, terapéuticos y rehabilitadores así como en la gestión de los recursos de los centros y servicios sanitarios de la Comunidad y que en última instancia, dichos resultados van a redundar en una mejora de la calidad de vida de la sociedad de Castilla y León.

En consecuencia, la presente Orden tiene por objeto convocar subvenciones en tres grandes áreas de investigación, consideradas prioritarias por la Junta de Castilla y León, como son la investigación biomédica, la investigación en gestión sanitaria y la investigación en coordinación sociosanitaria.

La presente convocatoria se efectúa al amparo de la ORDEN SAN/1725/2005, de 19 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para concesión de subvenciones por la Consejería de Sanidad para la realización de proyectos de investigación en materia sanitaria, en el marco de la política I+D+I de la Junta de Castilla y León, publicada en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' n.º 247, de 26 de diciembre de 2005.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el artículo 122 de la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de la Hacienda de la Comunidad de Castilla y León y la ORDEN SAN/1725/2005, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de estas subvenciones.

RESUELVO Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria.

El objeto de la convocatoria es la financiación total o parcial, en régimen de concurrencia competitiva, de proyectos de hasta un año de duración en las siguientes materias:

  1. Proyectos de investigación en biomedicina: son aquellos que promueven la investigación de carácter básico, clínico, epidemiológico y de salud pública.

  2. Proyectos de investigación en materia de gestión sanitaria: son aquellos proyectos, entre otros, que:

    Analizan, en función de los sistemas de organización establecidos o de los procedimientos de gestión implantados, alguno o varios de sus componentes, entre otros, la efectividad, eficiencia, variabilidad asistencial, calidad percibida, la satisfacción del usuario, la seguridad clínica, la utilidad o el coste.

    Pilotan la implantación de nuevos sistemas de organización y/o procedimientos de gestión.

    Generan modelos de sistemas de organización y/o procedimientos de gestión.

  3. Proyectos de investigación en materia de atención sociosanitaria:

    son aquellos proyectos de investigación en materia de integración de servicios sociales y sanitarios, entendiendo por tal la prestación coordinada de servicios sociales y sanitarios en una misma persona, familia o grupo social, o en materia de servicios dirigidos a personas en situación de riesgo de dependencia. Los proyectos en materia de atención sociosanitaria a subvencionar con carácter preferente deberán versar sobre alguna de las siguientes líneas de trabajo:

    1. Líneas de investigación relacionadas con el envejecimiento activo y la prevención de la dependencia.

      1. Envejecimiento saludable y activo. Bases para una política de salud y calidad de vida específica para las personas mayores.

      2. Definición de perfiles de estilos de vida que favorecen el envejecimiento activo.

      3. Envejecimiento prematuro de las personas con discapacidad.

    2. Líneas de investigación sobre necesidades de personas en riesgo o en situación de dependencia y propuestas de intervenciones:

      1. Necesidades percibidas por personas en situación de dependencia sobre diferentes sistemas de apoyo, y soporte para la promoción de la autonomía.

      2. Necesidades y demandas de personas con dependencias previas a la vejez y de sus familias.

      3. Evaluación de programas de memoria, de prevención y tratamientos no farmacológicos en las demencias y otras enfermedades mentales.

      4. Necesidades sociosanitarias de personas con dependencia.

      5. Sistemas de gestión integral de centros residenciales de atención a personas en situación de dependencia.

    3. Líneas de investigación sobre la organización y funcionamiento de procedimientos y estructuras de coordinación sociosanitaria.

      Segundo. Crédito presupuestario.

      Las subvenciones que se concedan se financiarán por los importes máximos y con cargo a las partidas presupuestarias que a continuación se señalan, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2007. Dicho crédito podrá ser modificado en función de las solicitudes y disponibilidades presupuestarias, previa realización de los trámites correspondientes.

      Tercero. Importe de la subvención por beneficiario.

      1. La cuantía de la subvención concedida a cada beneficiario no podrá, en ningún caso, ser superior a las siguientes cantidades:

  4. Proyectos de investigación en biomedicina: seis mil doscientos euros (6.200 ).

  5. Proyectos de investigación en materia de gestión sanitaria: nueve mil euros (9.000 ).

  6. Proyectos de investigación en materia de atención sociosanitaria:

    nueve mil euros (9.000 ).

    1. El importe de la subvención se determinará en función de los criterios específicos de valoración, pudiendo financiar total o parcialmente el presupuesto solicitado.

      Cuarto. Beneficiarios.

    2. Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las siguientes personas jurídicas:

  7. Proyectos de investigación en biomedicina: universidades, fundaciones y entidades de...

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