DECRETO 86/1993, de 15 de abril, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se reestructuran las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 20-04-1993 Nº Boletín: 73 / 1993

DECRETO 86/1993, de 15 de abril, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se reestructuran las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

El Decreto 32/1988 de 18 de febrero («B.O.C. y L.» de 1 de marzo de 1988) aprobó la delimitación territorial de las Zonas Básicas de Salud en el territorio de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 137/1984 del Ministerio de Sanidad y Consumo («B.O.E.» 1 de febrero de 1984).

El articulo 3.º del citado Decreto establece la posibilidad de reestructurar las Zonas Básicas de Salud, mediante la formulación de propuestas durante el primer trimestre de cada año, que pueden partir de los Ayuntamientos, Equipos de Atención Primaria, Consejos de Salud, a iniciativa propia o de parte interesada.

Siguiendo esta norma, los Decretos 44/1990, 96/1991 y 133/1992 han venido modificando la Ordenación Territorial de las Zonas Básicas de Salud.

Durante el primer trimestre de 1992 se recibieron en la Dirección General de Salud Pública y Asistencia, numerosas propuestas de modificaciones por parte de Ayuntamientos, Entidades, etc., y otras han sido iniciadas por la propia Consejeria de Sanidad y Bienestar Social y sus Servicios Territoriales ante la aparición de nuevas circunstancias demográficas y sociales.

Con el fin de realizar la revisión propuesta, por Orden de la Consejería de 17 de julio de 1992 («B.O.C. y L.» de 30 de julio de 1992), se sometieron a información pública las citadas propuestas de reestructuración, como señala el último párrafo del articulo 3.º del citado Decreto 32/1988.

Por todo ello y a propuesta de la Consejeria de Sanidad y Bienestar Social, en uso de las competencias atribuidas a esta Comunidad y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 15 de abril de 1993.

DISPONGO:

Articulo 1 º- Se aprueba la reestructuración territorial de las Zonas Básicas de Salud, sometidas a información pública por Orden de la Consejeria de Sanidad y Bienestar Social de 17 de julio de 1992 («B.O.C. y L.» de 30 de julio de 1992).

Art. 2.º- Las modificaciones aprobadas se incluyen en el Anexo I del presente Decreto.

En el Anexo II se incluyen las Zonas Básicas de Salud que, por sus caracteristicas geográficas, demográficas y de aislamiento, se consideran Especiales a los efectos de la organización de la asistencia sanitaria y que se añaden a las ya declaradas con anterioridad.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se derogan los Anexos contenidos en el Decreto 32/1988 de 18 de febrero y posteriores sobre delimitación territorial de las Zonas Básicas de Salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, en la medida en que resultan modificados por los Anexos de este Decreto.

Segundo.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 15 de abril de 1993.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: JUAN JOSE LUCAS JIMENEZ

El Consejero de Sanidad y Bienestar Social,

Fdo.: JOSE MANUEL FERNANDEZ SANTIAGO

ANEXO I

ZONAS BASICAS DE SALUD URBANAS

Provincia de Avila

Zona Básica de Salud «Avila Sur». Supresión de la Zona Básica actual y creación de dos nuevas zonas, denominadas y delimitadas de la siguiente forma:

  1. Zona Básica de Salud «Avila Sur Este». Comprende los territorios situados al Sur de las calles: calle...

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