DECRETO 133/1992, de 16 de julio, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se reestructuran las Zonas Básicas de salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 21-07-1992 Nº Boletín: 138 / 1992

DECRETO 133/1992, de 16 de julio, de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, por el que se reestructuran las Zonas Básicas de salud de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

El decreto 32/1988 de 18 de febrero («B.O.C. y L.» de 1 de marzo de 1988) aprobó la delimitación territorial de las Zonas Básicas de Salud en el territorio de Castilla y León, de acuerdo con lo establecido por el Real Decreto 137/1984 del Ministerio de Sanidad y Consumo («B.O.E.» 1 de febrero de 1984).

El artículo 3º del citado Decreto establece la posibilidad de reestructurar las Zonas Básicas de Salud, mediante la formulación de propuestas durante el primer trimestre de cada año, que pueden partir de los Ayuntamientos, Equipos de Atención Primaria, Consejos de Salud, a iniciativa propia o de parte interesada.

Siguiendo esta norma, tanto por Decreto 44/1990, como por Decreto 96/1991, se modificó la Ordenación Territorial de las Zonas Básicas de Salud.

Durante el primer trimestre de 1991 se recibieron en la Dirección General de Salud Pública y Asistencia, numerosas propuestas de modificaciones por parte de Ayuntamientos, Entidades, etc., y otras han sido iniciadas por la propia Consejería de Cultura y Bienestar Social y sus Servicios Provinciales ante la aparición de nuevas circunstancias demográficas y sociales.

Con el fin de realizar la revisión propuesta, por Orden de la Consejería de 30 de abril de 1991 («B.O.C. y L.» de 10 de mayo de 1991), se sometieron a información pública las citadas propuestas de reestructuración, como señala el último párrafo del artículo 3º del citado Decreto 32/88.

Por todo ello y a propuesta de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social, en uso de las competencias atribuidas a esta Comunidad y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del dia 16 de julio de 1992,

DISPONGO:

Artículo 1º

Se aprueba la reestructuración territorial de las Zonas Básicas de Salud, sometidas a información pública por Orden de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de 30 de abril de 1991 («B.O.C. y L.» de 10 de mayo de 1991).

Art. 2º - Las modificaciones aprobadas, asi como la corrección de errores advertidos, se incluyen en el Anexo I del presente Decreto. En el Anexo II se incluyen las Zonas Básicas de Salud que, por sus características geográficas, demográficas y de aislamiento, se consideran Especiales a...

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