ORDEN PAT/61/2006, de 17 de enero, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala Sanitaria (Ayudantes Técnicos de Laboratorio) de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de su bolsa de empleo.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/61/2006, de 17 de enero, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ayudantes Facultativos,

Escala Sanitaria (Ayudantes Técnicos de Laboratorio) de la Comunidad de Castilla y León y para la constitución de su bolsa de empleo.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 22 de abril), y en la Orden PAT/616/2005, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2005 ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 11 de mayo), con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración Regional, la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 7.2 k) de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León ('Boletín Oficial de Castilla y León' de 31 de mayo),

ACUERDA:

Convocar pruebas selectivas para el ingreso en el Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala Sanitaria (Ayudantes Técnicos de Laboratorio) de la Comunidad de Castilla y León, y para la constitución de la bolsa de empleo de este Cuerpo con sujeción a las siguientes,

BASES:

Primera. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala Sanitaria (Ayudantes Técnicos de Laboratorio), Grupo C, de la Comunidad de Castilla y León.

1.2. La realización de estas pruebas selectivas se ajustará a lo establecido en la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León; en el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de Puestos de Trabajo de los Funcionarios de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en lo que no contravenga a la precitada Ley; en el Decreto 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005, en la Orden PAT/616/2005, de 10 de mayo, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso en la Administración de la Comunidad de Castilla y León derivados de la Oferta de Empleo Público correspondiente al año 2005, así como en las bases de la presente Orden.

1.3. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I.

1.4. El procedimiento de selección será el de oposición y estará formada por los tres ejercicios que a continuación se indican, siendo eliminatorios.

1er ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 100 preguntas con respuestas múltiples sobre el contenido de los dos grupos de temas del programa que figura en el Anexo I y se ajustará a las reglas contenidas en la base cuarta de la Orden PAT/616/2005, de 10 de mayo. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de dos horas.

  1. ejercicio: Consistirá en redactar dos temas, a elegir por el aspirante, de entre los tres temas relacionados pero no coincidentes con las materias específicas del programa propuestos por el Tribunal. El tiempo máximo para la realización del ejercicio será de una hora y media.

El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública y llamamiento único. Finalizada la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de la exposición durante diez minutos como máximo.

Transcurridos diez minutos de la lectura, el Tribunal podrá decidir que el opositor abandone la prueba por estimar su actuación notoriamente insuficiente. Finalizada la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de la exposición durante diez minutos como máximo.

  1. er ejercicio: Consistirá en resolver dos supuestos prácticos propuestos por el Tribunal y relacionados con las materias específicas del programa. El tiempo máximo para su realización será de dos horas.

El ejercicio será leído por el opositor en sesión pública y llamamiento único. Finalizada la lectura, el Tribunal podrá formular preguntas sobre el contenido de la exposición durante diez minutos como máximo.

B.O.C. y L. - N.º 18 Jueves, 26 de enero 2006 1527

1.5. El procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de ocho meses. Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

Segunda. Constitución de la bolsa de empleo.

2.1. De conformidad con lo dispuesto en apartado segundo del artículo 43 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, se constituirá la bolsa de empleo del Cuerpo de Ayudantes Facultativos, Escala Sanitaria (Ayudantes Técnicos de Laboratorio) de la Comunidad de Castilla y León, en la que se integrarán preferentemente aquellos aspirantes que, habiendo ejercido esta opción que prevista en la propia solicitud de participación en el procedimiento selectivo, hubieran aprobado alguna de las fases o pruebas de que conste éste, sin llegar a su superación y consiguiente nombramiento.

2.2. Los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder a la bolsa de empleo para una o varias provincias.

2.3. El orden de prelación de los aspirantes que constituyan la bolsa de empleo se establecerá según el número de ejercicios eliminatorios superados y entre aquellos que hubieren superado igual número de ejercicios, en virtud de la puntuación global obtenida en los mismos.

La prelación entre aquellos que no hubieran superado ninguno de los ejercicios eliminatorios se establecerá según la puntuación obtenida en el primero de ellos.

En caso de empate en la puntuación obtenida por varios aspirantes se establecerá la preferencia por orden alfabético, comenzando por la letra que determina el orden de actuación de los aspirantes en el proceso selectivo.

2.4. La gestión y funcionamiento de la bolsa de...

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