ORDEN FAM/1133/2012, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Orden FAM/644/2012, de 30 de julio, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

El 30 de julio de 2012 se aprobó la Orden FAM/644/2012, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales. Dicha norma respondía a la necesidad de adaptar, con la urgencia que la situación requería, la normativa autonómica a las modificaciones introducidas en materia de atención a la dependencia, por el Real Decreto Ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Tras estos primeros meses de vigencia de la orden, y una vez analizada su aplicación, siempre teniendo en cuenta que, en todo caso, el objetivo ultimo es proteger con las máximas garantías los derechos de las personas en situación de dependencia, se ha considerado conveniente modificar algunos aspectos de la misma para intentar mejorar su gestión, incluyendo especialmente aquéllos que permiten avanzar en la consecución de un sistema de protección realmente coordinado.

Así la implantación del servicio de promoción de la autonomía personal en los grados III y II de dependencia ha revelado la necesidad de tenerlo en cuenta en la regulación del régimen de compatibilidades, incluyendo además, las previsiones necesarias para ampliar con dicho servicio el programa individual de atención de las personas para las que es adecuado el servicio de centro de día. También se contempla, en relación con el mismo, la posible homologación de servicios inscritos en el Registro de entidades, servicios y centros de carácter social de Castilla y León. Y la misma previsión se hace respecto del servicio de asistencia personal, del cual, a su vez, se cubre el vacío legal existente en cuanto a la formación exigible a las personas que lo prestan a través de entidades o empresas.

Se revisan asimismo los preceptos que regulan la cuantía de las prestaciones económicas y se introducen modificaciones en relación con la efectividad del pago. Por otro lado y teniendo en cuenta el carácter complementario que la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, asigna a las prestaciones reguladas en ella respecto de otras de análoga naturaleza, indicadas en su artículo 31, se establece la obligación de los beneficiarios de solicitar aquellas para las que reúnan requisitos.

En cuanto a los aspectos para avanzar en el desarrollo de un sistema realmente coordinado, se ha visto la oportunidad de hacerlo mediante la participación conjunta en los procedimientos comunes, de los equipos de valoración y orientación que dictaminan sobre

la necesidad de ayuda de tercera persona, previa aplicación del baremo de dependencia y de los órganos de valoración de la situación de dependencia, por lo que de conformidad con la normativa estatal vigente, se introducen previsiones en la normativa autonómica y concretamente en aspectos puntuales de la Orden de 15 de junio de 2000 de cara a coordinar los mencionados procedimientos y actuaciones.

Por todo ello, teniendo en cuenta las atribuciones que el artículo 26, en sus apartados c) y f), de la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, atribuye a los titulares de las Consejerías, y en virtud de lo dispuesto en su artículo 71,

DISPONGO

Artículo único Modificación de la Orden FAM/644/2012, de 30 de julio por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales.

La Orden FAM/644/2012, de 30 de julio por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a las personas cuidadoras no profesionales, queda modificada como sigue:

Uno.- Se introduce un nuevo apartado e) en el artículo 3.2:

e) Solicitar las prestaciones de análoga naturaleza a las previstas en esta orden, para las que reúnan requisitos. Son prestaciones de análoga naturaleza las incluidas en el artículo 31 de la Ley 39/2006 de 14 de diciembre.

Dos.- Se da una nueva redacción al apartado 2 del artículo 4:

  1. Sin perjuicio de lo anterior, a las personas con grado I de dependencia para las que, por su situación socio-familiar, el recurso...

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