DECRETO 93/1983, de 7 de Octubre, por el que se atribuyen a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León las competencias transferidas en materia de Guarderías Infantiles Laborales.

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 15-10-1983 Nº Boletín: 12 / 1983

DECRETO 93/1983, de 7 de Octubre, por el que se atribuyen a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León las competencias transferidas en materia de Guarderías Infantiles Laborales.

El Real Decreto 2.419/83, de 28 de Julio, traspasa a la Comunidad Autónoma de Castilla y León, competencias, funciones y servicios en materia de Guarderías Infantiles Laborales.

En su virtud, y a tenor de lo dispuesto en el artículo 3º., h) de la Ley 1/83, de 29 de Julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Bienestar Social y previa deliberación de la Junta de Consejeros de Castilla y León en su reunión del día,

D I S P O N G O:

Artículo 1º Atribuir el ejercicio de las competencias transferidas por el Real Decreto 2.419/83, dé 28 de Julio, en materia de Guarderías Infantiles Laborales, a la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Castilla y León.
Artículo 2º Facultar al Consejero de Bienestar Social para dictar las normas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.
DISPOSICION FINAL

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Valladolid, a 7 de Octubre de 1983.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: DEMETRIO MADRID LOPEZ

El Consejero de Bienestar Social,

IGNACIO SANTOS RODRIGUEZ

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