ACUERDO de 6 de junio de 1997, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Salamanca, sobre el asunto incluido en el Orden del Día, proyecto de Modificación de la Delimitación de Suelo Urbano de Sieteiglesias de Tormes. Promotor: Excmo. Ayuntamiento.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyAcuerdo

Fecha del Boletín: 19-05-1998 Nº Boletín: 92 / 1998

ACUERDO de 6 de junio de 1997, de la Comisión Provincial de Urbanismo de Salamanca, sobre el asunto incluido en el Orden del Día, proyecto de Modificación de la Delimitación de Suelo Urbano de Sieteiglesias de Tormes. Promotor: Excmo. Ayuntamiento.

Acuerdo de 6 de junio de 1997 de la Comisión Provincial de Urbanismo de Salamanca, sobre el asunto incluido en el Orden del Día, Proyecto de Modificación de la Delimitación de Suelo Urbano de Sieteiglesias de Tormes. Promotor: Excmo. Ayuntamiento se acordó lo siguiente:

Examinado el contenido del expediente de referencia.

Resultando que a aprobación inicial se acuerda en la sesión celebrada el día 9 de noviembre de 1996 y se somete a información pública por Anuncios en el «Boletín Oficial de Castilla y León» y «Boletín Oficial de la Provincia» de 22 de noviembre y 2 de diciembre de 1996, respectivamente y diario «La Gaceta» de 15 de noviembre de 1996, sin que se formularan alegaciones durante el período expositivo.

La aprobación provisional se acuerda en la sesión celebrada el día 15 de enero de 1997.

Hay constancia en el expediente del informe favorable de la Excma. Diputación Provincial, emitido a tenor de lo dispuesto en el artículo 153.3 del Reglamento de Planeamiento.

No consta en la documentación remitida que se haya recabado informe a RENFE, siendo que el terreno afectado por la modificación limita con la vía férrea.

Resultando que Sieteiglesias de Tormes posee Delimitación del Suelo Urbano aprobada por la Comisión Provincial de Urbanismo el 29 de enero de 1990, clasificando los terrenos objeto de modificación de Suelo No Urbanizable.

La modificación consiste en incluir dentro del suelo urbano, unos terrenos de superficie no cuantificada, aproximadamente 40 m. x 70 m. = 2.800 m2, comprendidos entre los terrenos de ferrocarril y el suelo urbano actual.

Resultando que consta en el expediente el previo y preceptivo informe de la Ponencia Técnica, evacuado en la sesión celebrada el día 22 de mayo de 1997, según exige el artículo 6.2, del Decreto 172/1994, de 28 de julio, por el que se regulan las Comisiones Provinciales de Urbanismo de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.

Vistos que el vigente Texto Refundido de la Ley sobre el Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, el Reglamento de Planeamiento Urbanístico y demás Disposiciones de general aplicación.

Considerando que se estima suficientemente justificada la Modificación del perímetro...

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