Decreto 45/2002, de 21 de marzo, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 45/2002, de 21 de marzo, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y recaudación de las tasas y otros derechos no tributarios.

La Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de laComunidad de Castilla y León, ha realizado una profunda actualización de los aspectos jurídicos, formales, cuantitativos y estructurales de las tasas y los precios públicos de la Comunidad.

Aunque dicha Ley ya contiene, además de los elementos esenciales del régimen jurídico de estos ingresos públicos, ciertas normas relativas a su gestión y cobro, se remite en sus artículos 12 y 20 al desarrollo reglamentario de los procedimientos de gestión, liquidación y recaudación de las tasas y de administración y cobro de los precios públicos.

El Decreto 235/1986, de 23 de diciembre, de normas en materia de gestión, recaudación y contabilidad de tasas y otros derechos no tributarios, regulaba hasta ahora dichos procedimientos, pero los sucesivos cambios normativos habidos en esta materia, que ya obligaron a varias modificaciones de su articulado, ahora aconsejan su sustitución íntegra por un nuevo texto reglamentario que aborde los aspectos no contemplados en la normativa tributaria y recaudatoria general.

Las normas contenidas en esta disposición reguladoras de la gestión, liquidación y recaudación son de aplicación a las tasas, los precios públicos y aquellos otros precios que no tengan regulado el procedimiento de fijación.Se excluyen, por tanto, del ámbito de aplicación de esteDecreto otros ingresos como pueden ser las sanciones o el reintegro de subvenciones que se rigen por su normativa específica.

Por último, y teniendo en cuenta que corresponden a laConsejería de Economía y Hacienda las funciones directivas y de control sobre las tasas y en general sobre los ingresos de la Comunidad, aunque su gestión corresponda generalmente a órganos adscritos a otras Consejerías, se habilita que se dicten por aquélla las normas necesarias de desarrollo y aplicación de este Decreto.

Por lo expuesto, a propuesta de la Consejera de Economía y Hacienda y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 21 de marzo de 2002,

DISPONGO:

Artículo 1 ­ Ámbito de aplicación.

Las normas de gestión, liquidación y recaudación establecidas en este Decreto se aplican a las tasas, los precios públicos y a aquellos otros precios que no tengan regulado el procedimiento de fijación.

Artículo 2 ­...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR