DECRETO 42/2011, de 14 de julio, por el que se regula la gestión de los créditos presupuestarios del ejercicio 2011 y se articulan las competencias en materia de gestión de personal como consecuencia de la reestructuración de Consejerías aprobada mediante Decreto 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 2/2011, de 27 de junio, del Presidente de la Junta de Castilla y León se ha acometido una reestructuración de las Consejerías que integran la Administración de la Comunidad de Castilla y León, que ha tenido su desarrollo a través de los diferentes Decretos por los que se establece la estructura orgánica de cada una de ellas, así como las oportunas modificaciones complementarias de los Reglamentos Generales de los Organismos Autónomos Gerencia Regional de Salud de Castilla y León y Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León.

La citada reestructuración de Consejerías ha supuesto la atribución a la Consejería de Presidencia, además de las competencias que hasta el momento tenía atribuidas, las correspondientes a Administración Local, Juego, Asociaciones, Fundaciones y Colegios Profesionales, Políticas Migratorias, Cooperación al Desarrollo y de Justicia, hasta entonces residenciadas en la extinta Consejería de Interior y Justicia, así como las competencias en materia de Ordenación del Territorio que correspondían a la también desaparecida Consejería de Medio Ambiente. Por su parte, la Consejería de Hacienda, además de todas las competencias que hasta dicho momento ostentaba, asume con la nueva reestructuración aquellas que en materia de Función Pública, Prevención de Riesgos Laborales, Inspección y Calidad de los Servicios, Atención al Ciudadano y Modernización Administrativa tenía la hoy desaparecida Consejería de Administración Autonómica. Por último a la nueva Consejería Fomento y Medio Ambiente le han correspondido, junto a las competencias que hasta el momento tenía atribuidas la Consejería de Fomento, las competencias en materia de Medio Ambiente, excluida la relativa a la Ordenación del Territorio, así como las de Protección Civil.

A tales cambios esenciales en la Administración departamental deben añadirse la redimensión y simplificación que se ha operado asimismo en el resto de las Consejerías no citadas así como la consiguiente redefinición de los órganos directivos centrales de las Gerencias Regionales de Salud de Castilla y León y de Servicios Sociales de Castilla y León.

Una de las consecuencias del mencionado decreto de reestructuración y de los decretos que establecen la estructura orgánica de las consejerías previstas en él es que la organización actual de la Administración de la Comunidad no se corresponde con la clasificación orgánica del presupuesto. Realizar modificaciones en esta última resultaría lento y dificultoso lo que en parte podría producir una paralización en la gestión que el interés general aconseja evitar. Por ello resulta necesario establecer normas que faciliten

la gestión hasta el final del presente ejercicio sin modificar aquella clasificación, lo que el Gobierno de la Comunidad está habilitado para realizar por el artículo 13 de la Ley 2/2006, de 3 de mayo, de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León. Este es contenido del Capítulo I del presente Decreto.

En el Capítulo II del texto se regula la otra consecuencia de los citados decretos entre tanto culmina el desarrollo orgánico y funcional de todos estos departamentos y se articulan las consiguientes relaciones de puestos de trabajo, se distribuye con carácter transitorio el alcance y contenido de las competencias en materia de personal cuyo ejercicio sea susceptible de suscitar dificultades que puedan afectar al buen funcionamiento de los servicios, distribuyendo las competencias que en materia de personal asigna la normativa vigente a los distintos órganos de su Administración. Quedan así a salvo del presente Decreto las competencias que la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León y el resto de disposiciones de aplicación reserva, tanto a la Junta de Castilla y León, como al titular de la Consejería con competencias en materia de Función Pública y a la Dirección General de la Función Pública.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Hacienda, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 14 de julio de 2011

DISPONE:

Artículo 1 Objeto.

Este Decreto tiene por objeto regular la gestión de los créditos presupuestarios durante el ejercicio 2011, afectados por la reestructuración de Consejerías hasta la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2012, así como su liquidación y la...

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