DECRETO 45/2012, de 27 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 48/2006, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorPresidencia
Rango de LeyDecreto

Mediante Decreto 48/2006, de 13 de julio, se aprobó el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, constituyéndose como marco de ordenación básico de referencia en materia de generación y gestión de residuos industriales. Dicho plan se aprobó con los condicionantes y principios recogidos en la derogada Ley 10/1998, de 21 de abril, de Residuos.

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, en su artículo 12 atribuye a las Comunidades Autónomas la competencia para elaborar los planes autonómicos de gestión de residuos, incorporando en su Anexo V el contenido pormenorizado de dichos planes. Dicho anexo establece que los planes a elaborar por las Comunidades Autónomas deben recoger información sobre los criterios de ubicación para la identificación de los emplazamientos de las instalaciones de eliminación o principales instalaciones de valorización.

La Sala de lo Contencioso Administrativo, con sede en Valladolid, del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, dictó sentencia el 22 de junio de 2007 cuyo fallo señala textualmente «...debemos declarar y declaramos nulo de pleno derecho el apartado 9.2.1 en cuanto no establece la ubicación de los centros de tratamiento de residuos a los que se refiere el mapa P3 del Anejo V, así como el punto 4 de dicho Anejo y la determinación contenida en el apartado 8.2.2 que establece un objetivo específico de regeneración de solo el 40% de los aceites de automoción recogidos en el 2010 del Decreto 48/2006, de 13 de julio, de la Junta de Castilla y León por el que se aprueba el Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010».

En cumplimiento de esta resolución judicial, se ha tramitado una modificación del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010 para modificar los apartados anulados acorde a las exigencias del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León y a la nueva normativa aplicable. A tales efectos, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, dicha modificación se ha tramitado observando el procedimiento establecido para la aprobación del mencionado Plan.

Esta modificación del Plan Regional se ha sometido al procedimiento de evaluación ambiental conforme a lo dispuesto en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación

de los efectos de determinados planes y programas de medio ambiente. Mediante Orden FYM/98/2012, de 16 de febrero, se aprobó el Documento de Referencia para la Evaluación Ambiental; posteriormente, se sometió a información pública el Informe de Sostenibilidad Ambiental y la Versión Preliminar de la Modificación del Plan Regional de Ámbito Sectorial.

La tramitación administrativa de la modificación del Plan se inició por Orden FYM/385/2012, de 24 de mayo, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de 31 de mayo de 2012, en la que se dispuso la apertura de un período de información pública y audiencia a las Administraciones Públicas desde la fecha de su publicación, a los efectos previstos en el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre. Asimismo, se insertó el correspondiente anuncio de dicho trámite en el periódico «El Norte de Castilla» del día 7 de junio de 2012.

La versión preliminar de la modificación del Plan fue remitida a las Diputaciones Provinciales, a las Consejerías y a las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León, a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente, al Consejo Regional de Cámaras de Comercio, a las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria, a las Confederaciones Hidrográficas, a las Universidades públicas de la Comunidad, a las Asociaciones y Confederaciones de Empresarios, a las Organizaciones Sindicales: Unión General de Trabajadores y Comisiones Obreras, y a diversas empresas relacionadas con el sector.

Las alegaciones presentadas en las informaciones públicas del documento fueron informadas y valoradas con el resultado que refleja el expediente.

La modificación del Plan ha sido también informada favorablemente por la Federación Regional de Municipios y Provincias.

Con fecha 11 de septiembre de 2012, se aprueba la Memoria Ambiental correspondiente a la evaluación ambiental de la modificación del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, dando una nueva redacción al párrafo relativo a la regeneración de aceites del epígrafe Fomento de la valorización de los residuos industriales , del apartado 8.2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS, al apartado 9.2.1. INFRAESTRUCTURAS, y al apartado 4 del anejo V. DISTRIBUCIÓN DE LAS ÁREAS DE GESTIÓN.

El Consejo Asesor de Medio Ambiente, en sesión celebrada el 17 de octubre de 2012, ha sido consultado sobre la modificación del Plan Regional.

De conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León, el Consejo de Urbanismo y Ordenación Territorio informó favorablemente la modificación del Plan Regional, en la sesión celebrada el 31 de octubre de 2012.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de Fomento y Medio Ambiente, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 27 de diciembre de 2012

DISPONE

Artículo Único Modificación del Decreto 48/2006, de 13 de julio, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010.

Se modifican el párrafo relativo a la regeneración de aceites del epígrafe Fomento de la valorización de los residuos industriales , del apartado 8.2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS, el apartado 9.2.1. INFRAESTRUCTURAS y el apartado 4 del anejo V. DISTRIBUCIÓN DE LAS ÁREAS DE GESTIÓN del Plan Regional de Ámbito Sectorial de Residuos Industriales de Castilla y León 2006-2010, aprobado por el Decreto 48/2006, de 13 julio, que pasan a tener la redacción que contiene el Anexo de esta disposición.

Disposición final Entrada en vigor.

Este decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

Valladolid, 27 de diciembre de 2012.

El Presidente de la Junta de Castilla y León,

Fdo.: J uan V icente H errera c ampo

El Consejero de Fomento y Medio Ambiente,

Fdo.: a ntonio S ilVán r odríguez

ANEXO

MODIFICACION DEL PLAN REGIONAL DE ÁMBITO SECTORIAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES DE CASTILLA Y LEÓN 2006-2010

UNO.- El párrafo relativo a la regeneración de aceites del epígrafe Fomento de la valorización de los residuos industriales , del apartado 8.2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS, quedará redactado de la siguiente forma:

- Destinar a regeneración un 65% de los aceites industriales recogidos.

DOS.- La nueva redacción del apartado «9.2.1 INFRAESTRUCTURAS» será la siguiente:

9.2.1. INFRAESTRUCTURAS

El Plan no limita las instalaciones de gestión de residuos proyectadas, tramitadas y ejecutadas conforme establece la legislación vigente, contempla las instalaciones mínimas que se consideran necesarias para dar respuesta a las previsiones de generación de residuos de Castilla y León, teniendo en cuenta los principios de autosuficiencia y proximidad y la existencia de una masa crítica suficiente. En esta línea, se apoyará toda aquella iniciativa privada de gestión de residuos que cumpla con la reglamentación vigente y esté de acuerdo con los principios, objetivos y criterios de ubicación de instalaciones de eliminación del Plan.

En el caso de que no se alcance el número de instalaciones de tratamiento mínimas necesarias para gestionar los residuos no peligrosos producidos en la Comunidad y en ausencia de iniciativas privadas viables, la Administración podrá promover procedimientos de concurrencia que permitan el desarrollo de las mismas.

El Plan contempla las siguientes acciones mínimas necesarias para dar respuesta a la previsión de generación de residuos en la Comunidad Autónoma.

- Residuos Peligrosos.

- Favorecer la implantación de instalaciones de transferencia y acondicionamiento de residuos peligrosos orgánicos adecuados para su valorización energética (planta de preparación de combustible).

- Ampliación de monovertederos de escorias de plomo asociados a las instalaciones de valorización de plomo...

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