DECRETO 34/2010, de 2 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Regional de Ámbito Territorial Zamor@-Duero.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto
  1. Marco Normativo.

    La Comunidad de Castilla y León tiene atribuida competencia exclusiva en materia de ordenación del territorio, conforme a lo establecido en el artículo 70.1.6.º del Estatuto de Autonomía. Con esa atribución, la Ley 10/1998, de 5 diciembre, de Ordenación del Territorio de la Comunidad de Castilla y León ha establecido un sistema de instrumentos de carácter y alcance supramunicipal, entre los que se encuentran los Planes Regionales de Ámbito Territorial.

    Así pues, el marco normativo en el que se incorpora el Plan Regional, es la Ley 10/1998, de 5 de diciembre, la cual establece en su artículo 20 que los Planes y Proyectos Regionales son los instrumentos de intervención directa en la Ordenación del Territorio de la Comunidad. Entre ellos, los Planes Regionales de Ámbito Territorial tienen por objeto planificar la ejecución de actuaciones, entre otras, dotacionales o de implantación de infraestructuras, que se consideren de interés para la Comunidad.

    La citada Ley, regula en el artículo 24 el procedimiento para elaborar y aprobar estos Planes Regionales, estableciendo que corresponde a la Consejería competente por razón de la materia iniciar el procedimiento de aprobación. En el presente caso, el Plan Regional de Ámbito Territorial «Zamora@-Duero» es promovido por la Junta de Castilla y León a través de la Consejería de Medio Ambiente.

    El Plan Regional de Ámbito Territorial «Zamor@-Duero», en relación con el Plan del «Valle del Duero» como instrumento de ordenación territorial marco establece, en un ámbito de actuación coordinada, una actuación unitaria promovida por la Junta de Castilla y León para la revitalización económica de Zamora, en un espacio homogéneo situado en posición estratégica y capaz de albergar los proyectos y actuaciones previstas conjuntamente con otras iniciativas de desarrollo local, equipamientos y ocio.

  2. Ámbito del Plan.

    La capital zamorana, centro de la provincia y relevante ciudad histórica a orillas del Duero, núcleo de la región histórica de León y de nuestra actual Comunidad Autónoma, constituye en la actualidad una ciudad media cuya posición central en el cuadrante noroeste de la península y su tamaño la dotan de unas cualidades claras para la intermediación en los flujos territoriales y para su consolidación como centro de servicios en un ámbito que trasciende los límites de su Área Funcional.

    A una distancia menor de 100 Km. por carretera de la capital vallisoletana, la capital zamorana se sitúa en el importante cruce entre el corredor del Duero, la N-122 -hoy convertida en la autovía A-11- y la Vía de la Plata, estructura territorial norte-sur -Andalucía, Extremadura, Castilla y León y Asturias-, que en el ámbito de nuestra comunidad, como uno de los ejes estratégicos de desarrollo, atraviesa Salamanca, Zamora, Benavente y Astorga, como principales núcleos urbanos y funcionales destacados.

    Su consolidación como núcleo urbano al servicio de los flujos que surgen de una escala territorial mayor -Corredor internacional del Duero e interregional de la Vía de la Plata- y a la vez al servicio de un funcionamiento más eficiente de su entorno comarcal y provincial, funda su potencial de desarrollo.

    Así, el nudo de comunicaciones que se ha generado en el espacio del este de la capital, confluencia de autovías, ha transformado notablemente el sistema urbano y el paisaje rural de esta zona de la capital.

    Esta nueva continuidad de algunas vías de circunvalación y la extensión radial de algunos ejes, completando el esquema viario de la ciudad, soporta acciones estratégicas que incluyen la creación de zonas de reserva para implantaciones de nuevas actividades productivas y logísticas y la colmatación de vacíos urbanos y tramas de barrios residenciales.

    El soporte de las infraestructuras justifica ahora la implantación de los usos y actividades logísticas previstas, dando respuesta a los objetivos estratégicos del modelo territorial, y fomentando además con una actuación integrada un enclave estratégico de importancia supramunicipal, para lo que se plantea ahora este ámbito agrupado de proyectos objeto del Plan Regional.

    El Ámbito del Plan lo definen los límites de las infraestructuras referidas -A-11, FC Zamora-Medina del Campo / LAV- por el norte y sur, el límite administrativo del término por el este y los sectores de suelo urbanizable de la Aldehuela Residencial y Dotacional, respectivamente, que enmarcan una amplia superficie de terrenos de cerca de 300 Ha.

    Estos suelos, con una condición aún mayoritariamente rústica por mantener usos agrícolas en buena parte, han sido profundamente alterados en su configuración por las infraestructuras pesadas de transporte ejecutadas o en ejecución.

    Además, el cauce del arroyo Valderaduey, afluente del Duero que en el área entre la A-11 y el meandro hacia el Duero está canalizado, introduce un corredor verde serpentante que en su último tramo de la desembocadura es utilizado como límite del ámbito del Plan Regional.

    Otra zona incluida en el ámbito son los suelos que, aún sin urbanizar, están ya inmersos en el desarrollo urbano de la ciudad hacia el este, extensión apoyada en el eje de la Avda. de Requejo, cuya prolongación es la misma N-122, y en la Avda. de la Aldehuela, penetración interurbana convertida en paseo urbano recientemente. Esta zona de la Granja de la Aldehuela, finca agropecuaria y explotación histórica de la Diputación de Zamora que nombra el lugar, se localizan algunos sectores urbanizables -tres residenciales y uno dotacional en el entorno del recinto ferial (IFEZA)-, en uno de los cuales se ha localizado la actuación de urbanización del programa regional de la Consejería de Fomento (PRAU).

    Con todos estos condicionantes, se delimita un ámbito del Plan Regional que incluye, además de los espacios de actuación de los proyectos, otros suelos intermedios, manteniendo espacios bien rústicos, bien urbanos, sin alterar su actual ordenación y configuración urbanística.

  3. Justificación del interés social.

    Conforme a lo establecido en el artículo 20.2 de la Ley 10/1998, de 5 diciembre la aprobación del Plan Regional se justificará por el interés general del sector afectado o de las actuaciones previstas, o bien porque a causa de su magnitud o características, la influencia del Plan trascienda claramente el ámbito local o por la necesidad de satisfacer la demanda de viviendas de protección pública.

    En virtud del alcance funcional y urbanístico del Plan Regional y de su trascendencia en la economía local y regional, se considera la utilidad pública y el interés social del Plan, tanto para la sociedad zamorana, partícipe directa de una implantación que introduce actividad económica con generación de empleo, directo e indirecto asociado, mejora dotacional y de servicios urbanos y una actuación urbanística que supone un ejemplo de desarrollo sostenible en su atención medioambiental y por la calidad del espacio urbano, como por su implantación y actividades estratégicas proyectadas, para la economía regional, con potenciales sinergias en las alianzas fronterizas a través del corredor del Duero -en notorio proceso de fortalecimiento-.

    La ciudad de Zamora ha planteado públicamente su compromiso ciudadano con la promoción de viviendas de protección pública, una demanda social insatisfecha hasta la fecha. También existe un compromiso político, avalado desde la Administración Regional, de fomentar las inversiones en infraestructuras, tratando de compensar y reequilibrar desfases estructurales de la provincia y el municipio en su contexto regional.

    El fomento de implantaciones productivas y de actividades vinculadas al I+D+i, manifiesto en todas las administraciones públicas, local, regional y estatal para la zona, dirigida a través de diversos programas y acciones dinamizadoras, tiene en esta actuación un ejemplo concreto y explícito de oportunidad.

    Los objetivos básicos de la Actuación y su perfil de secuencia articulada de acciones de interés general para el desarrollo local y regional, trascienden lo local tanto por su magnitud (casi 290 Ha. y más de 580 millones de euros estimados de inversiones, entre inversión directa pública de 154 millones de euros e inversiones privadas inducidas estimadas en más de 429 millones de euros), como por los potenciales impactos territoriales positivos y por su influencia funcional, social y económica en el territorio.

    Las condiciones de posición geoestratégica del Plan y sus relaciones funcionales sobre los corredores de comunicaciones y transporte en que se localiza, permiten prefigurar un horizonte de interacciones económicas de escala comarcal y provincial -Zamora, Toro, Benavente-, regional -Salamanca, León, el Bierzo, Valladolid- y nacional -A-62, A-66, A-6, N-122, AVE-, con extensión internacional -Portugal...-, muy amplio y positivo.

    Los impactos e influencias ambientales y funcionales, convenientemente evaluados en este documento y sus anexos, tendrán las adecuadas soluciones moderadoras, incluidas en las herramientas, determinaciones normativas y condiciones, que incluye para su desarrollo este instrumento del Plan...

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