ORDEN FYM/722/2013, de 23 de agosto, por la que se aprueba el Plan de Acción en materia de contaminación acústica del municipio de Ávila.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

Vista la propuesta de plan de acción en materia de contaminación acústica del municipio de Ávila y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El mapa estratégico de ruido del municipio de Ávila se aprueba mediante Orden FYM/620/2012, de 12 de julio.

Segundo.- El Pleno del Ayuntamiento de Ávila, en sesión celebrada el día 31 de mayo de 2013, acuerda someter la propuesta de plan de acción en materia de contaminación acústica del municipio al trámite de información pública, por un período de un mes, mediante publicación del anuncio en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 115, de 18 de junio de 2013 y en la página web del Ayuntamiento. Durante este período no se han formulado alegaciones.

Tercero.- En sesión celebrada el día 24 de julio de 2013, el Pleno del Ayuntamiento de Ávila, aprueba la propuesta de plan de acción en materia de contaminación acústica, que se denomina «Planes de acción en materia de contaminación acústica de Ávila», y la remite a la Consejería competente en materia de medio ambiente en cumplimiento de lo establecido en el artículo 44.3 de la Ley 5/2009, de 4 de junio.

Cuarto.- Revisada la documentación remitida por el Ayuntamiento de Ávila a esta Consejería, con fecha 21 de agosto de 2013, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que el expediente del plan de acción en materia de contaminación acústica del municipio de Ávila se ha tramitado conforme a lo dispuesto en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Consejería de Fomento y Medio Ambiente es el órgano competente para dictar la presente resolución de acuerdo con lo dispuesto en los Arts. 4.1.j) y 44.3 de la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Segundo.- El expediente se ha tramitado según lo establecido en la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido, en los Reales Decretos que la desarrollan y en la Ley 5/2009, de 4 de junio, del Ruido de Castilla y León.

Tercero.- Los planes de acción en materia de contaminación acústica son un elemento previsto por la Directiva sobre Ruido Ambiental que, tomando como base los resultados de los mapas de ruido, está encaminado a prevenir y reducir el ruido ambiental siempre que sea necesario y, en particular, cuando los niveles de...

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