DECRETO 22/2009, de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Abril de 2009
SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 22/2009, de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009.

El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual. De una manera similar se expresa el artículo 26 de la Ley 2/2007, de 7 de marzo, del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León.

La incorporación de nuevos efectivos de personal está delimitada por el marco económico que establecen las leyes de presupuestos generales de la Comunidad de Castilla y León y del Estado.

El artículo 14.4 de la Ley 18/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2009 dispone que las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se regularán durante dicho ejercicio, en cuanto a su número, por la legislación básica del Estado.

En un escenario de austeridad en el gasto público, el artículo 23.1 de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, señala que para este año el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público será, como máximo, igual al 30 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrará en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales, y, en especial, para el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia. Esta restricción presupuestaria no se aplicará para la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes ni para el acceso a las plazas de personal de hospitales y centros del Sistema Nacional de Salud.

Dentro de este límite, la oferta de empleo público incluirá los puestos y plazas desempeñados por personal interino, nombrado o contratado en el ejercicio anterior, al que se refiere la letra a) del apartado 1 del artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, excepto aquellos sobre los que exista reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión.

En los términos que establece el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el presente decreto aprueba la oferta de empleo público para el año 2009 autorizando la convocatoria pública de aquellas plazas estimadas prioritarias que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, teniendo en cuenta los criterios y límites citados y de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como con los principios rectores del acceso al empleo público que recoge el artículo 55 de la precitada Ley.

Asimismo, en virtud del apartado cuarto de la disposición adicional segunda de Ley 7/2007, de 12 de abril, se autoriza la convocatoria de plazas correspondientes a los funcionarios con habilitación de carácter estatal de la Comunidad de Castilla y León.

Por otra parte, en consonancia con el artículo 14 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, que define la promoción interna como un derecho individual de los empleados públicos, el presente decreto incorpora un número significativo de plazas para este turno, facilitando en determinados supuestos la conservación de las notas de los ejercicios superados por los empleados públicos aspirantes de este turno.

Asimismo, en consonancia con las anteriores Ofertas de Empleo Público, sigue siendo objetivo de la presente Oferta la integración de las personas con discapacidad en el empleo público, incorporando las modificaciones introducidas por el Decreto 83/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el acceso de las personas con discapacidad al empleo público, a la provisión de puestos de trabajo y a la formación en la Administración de Castilla y León, que afectan a la oferta de empleo público y a los procedimientos selectivos.

La oferta de empleo público pretende garantizar suficiente y convenientemente la prestación de los servicios públicos autonómicos. Los sectores públicos prioritarios a los que se dirige la presente oferta son:

sanidad, educación, servicios sociales, protección del medio ambiente y otros servicios de atención directa a los ciudadanos de Castilla y León, favoreciéndose en todo caso la incorporación de nuevos efectivos en los territorios con mayores necesidades, reforzando, especialmente, los servicios periféricos de la Administración de la Comunidad.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejera de Administración Autonómica, e iniciativa conjunta de los titulares de las Consejerías de Administración Autonómica y de Sanidad, visto el...

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