DECRETO 22/2008, de 19 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Administración AutonóMica
Rango de LeyDecreto

DECRETO 22/2008, de 19 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008.

El artículo 20 de la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León establece que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de oferta de empleo público cuya periodicidad será anual.

Las incorporaciones de nuevos efectivos de personal vienen delimitadas por el marco económico establecido en las leyes de presupuestos generales, tanto de la Comunidad de Castilla y León como del Estado.

El artículo 16.3 de la Ley 10/2007, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2008, dispone que, durante dicho ejercicio, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se regularán, en cuanto a su número, por la legislación básica del Estado.

El artículo 23.1 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008, en su primer párrafo, establece que, durante el año 2008, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público será, como máximo, igual al 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este límite, la Oferta de Empleo Público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino, nombrado o contratado en el ejercicio anterior a los que se refiere la letra a) del apartado 1 del artículo 10 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, excepto aquellos sobre los que exista reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión. El mismo precepto establece que esta limitación no se aplicará, entre otros supuestos, en la determinación del número de plazas para el acceso a los cuerpos de funcionarios docentes y para el desarrollo de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

El presente Decreto aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2008 autorizando la convocatoria pública de aquellas plazas estimadas prioritarias que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del marco, criterios y límites marcados por la normativa citada, y de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Por primera vez, en virtud de la Disposición Adicional Segunda Apartado Cuarto de Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público se autoriza la convocatoria de plazas correspondientes a los funcionarios de habilitación de carácter estatal de la Comunidad de Castilla y León.

El presente Decreto favorece la promoción interna del personal al servicio de la Administración declarada en el artículo 14 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público como un derecho de los empleados públicos.

Asimismo, en consonancia con las anteriores Ofertas de Empleo Público, sigue siendo objetivo de la presente Oferta la integración de las personas con discapacidad en el empleo público, ya que este Gobierno Regional considera el acceso al empleo público un factor determinante en la mejora de la calidad de vida e integración de las personas con discapacidad, y así facilitar la efectiva igualdad en el ejercicio de sus derechos como el resto de ciudadanos, mediante la remoción de cuántos obstáculos impidan o dificulten la igualdad en el acceso de estos ciudadanos al empleo público. Para ello establece una reserva del 10 por 100 de la oferta global para este colectivo en...

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