DECRETO 44/1992 de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para 1992.
Sección | II - Disposiciones Generales |
Emisor | Consejeria de Presidencia y Administracion Territorial |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha del Boletín: 30-03-1992 Nº Boletín: 62 / 1992
DECRETO 44/1992 de 26 de marzo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para 1992.
El Capitulo IV, articulos 30 y siguientes de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, y la Disposición Adicional Novena de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 1991, establecen Criterios y directrices que deben regir la Oferta de Empleo Público, Concebida como instrumento de racionalización de los procesos de selección del personal al servicio de la Administración Pública, con los que deben primar los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 10.2.j) del Decreto Legislativo citado, a propuesta del Consejero de Presidencia y Administración Territorial, previo informe del Consejo de la Función Pública y deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del dia 26 de marzo,
...........DISPONGO:
La presente Oferta de Empleo Público incluye para su provisión, la totalidad de las vacantes dotadas en los Generales de La Comunidad de Castilla y León para 1992, según lo establecido en el articulo 3º del Decreto Legislativo 1/1990 siempre que no se cubran en el presente ejercicio presupuestario por los procedimientos de Concurso de traslados y promoción interna tal Como determinan el articulo 25 y siguientes de la citada Ley de Ordenación de La Función Pública, con el siguiente detalle:
Las vacantes de promoción interna que resultaren desiertas se acumularán a las ofrecidas al resto de los aspirantes.
Podrán participar por el sistema de promoción interna los funcionarios de esta Comunidad que tengan una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan y posean la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al Cuerpo o Escala del grupo inmediaio superior a aquél en el que aspiren a ingresar.
En la...
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