DECRETO 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005

SecciónII - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 28/2005, de 21 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005.

La Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por Decreto Legislativo 1/1990, de 25 de octubre, establece en su Art. 31, que las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que no puedan ser cubiertas con los efectivos de personal existentes serán objeto de oferta de empleo público.

Las incorporaciones de nuevos efectivos de personal vienen delimitadas por el marco económico establecido en las leyes de presupuestos generales, tanto de la Comunidad de Castilla y León como del Estado.

El Art. 18.3 de la Ley 10/2004, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005 dispone que, durante dicho ejercicio, las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal se regularán, en cuanto a su número, por la legislación básica del Estado.

El Art. 20.1 de la Ley 2/2004, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, en su primer párrafo, establece que, durante el año 2005, el número total de plazas de nuevo ingreso del personal del sector público será, como máximo, igual al 100 por 100 de la tasa de reposición de efectivos y se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales. Dentro de este límite, y sin perjuicio de lo dispuesto en las letras a), b), c) y d) del artículo 5.2 del Texto Articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de febrero de 1964, la oferta de empleo público incluirá todos los puestos y plazas desempeñados por personal interino, nombrado o contratado en el ejercicio anterior, excepto aquellos sobre los que existe reserva de puesto o estén incursos en procesos de provisión. El mismo precepto excluye de la limitación mencionada, entre otros, a los Cuerpos de funcionarios docentes.

Por otra parte, el mismo Art. 20.1 'in fine' determina que, con independencia de lo dispuesto en el párrafo primero, las Administraciones públicas podrán convocar los puestos o plazas correspondientes a sus distintos cuerpos, escalas o categorías que, estando dotados presupuestariamente e incluidos en sus relaciones de puestos de trabajo o catálogos, así como en las plantillas de personal laboral, se encuentren desempeñados interina o temporalmente con anterioridad al 1 de enero de 2004.

El presente Decreto aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2005 autorizando la convocatoria pública de aquellas plazas estimadas prioritarias que no pueden ser cubiertas con los efectivos de personal existentes, dentro del marco, criterios y límites marcados por la normativa citada, y de conformidad con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.

Asimismo en cumplimiento de lo convenido en el Acuerdo para la modernización y mejora de la Administración Autonómica de Castilla y León, el presente Decreto favorece, por un lado, la promoción interna tanto del personal funcionario como del personal laboral, reservando un número de plazas específico y, por otro, el acceso de las personas con discapacidad a los Cuerpos, Escalas y Categorías de esta Administración, estableciendo una reserva del 10 por 100 de la oferta global para este colectivo.

Por otra parte, en virtud de lo establecido en la Disposición final primera de la Ley 21/2002, de 27 de diciembre, de Medidas Económicas,

Fiscales y Administrativas, el Decreto autoriza la convocatoria de procesos selectivos de estabilización para la sustitución de empleo interino y para la consolidación de empleo temporal estructural y permanente. En el sector sanitario, dichos procesos han sido concretados en el Acuerdo por el que se establece la Estabilidad de Empleo del Personal Sanitario de 20 de octubre de 2004 firmado por parte de la Administración de Castilla y León y las Centrales Sindicales U.G.T., CC.OO., CSI-CSIF y CEMSATSE, publicado en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de 17 de noviembre de 2004.

Los objetivos que persigue la Oferta de Empleo Público para el año 2005 son:

  1. Dotar de los recursos humanos necesarios a sectores prioritarios que afectan a servicios públicos esenciales, como son la educación, la sanidad, los servicios sociales y la protección del medio ambiente.

  2. Pretende alcanzar una real integración en el empleo público de las personas con discapacidad, a través de las medidas que establece.

  3. Por último, la mejora de la calidad del empleo público a través de los diferentes procesos de reducción de la temporalidad y consolidación de empleo.

Por todo ello, se puede decir que la presente Oferta de Empleo Público tiene un marcado carácter social, pues pretende con ello la mejora de los servicios públicos prestados a los ciudadanos de Castilla y León, en particular en los citados sectores de educación, sanidad, servicios sociales y medio ambiente. Y, además, con un claro objetivo de eliminación de barreras al acceso de las personas con discapacidad a puestos de trabajo públicos.

En su virtud, conforme dispone en el artículo 10.2.j) de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, Texto Refundido aprobado por Decreto...

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