ORDEN PAT/1745/2005, de 16 de diciembre, por la que se resuelve la adjudicación de plazas a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para acceder a las especialidades de «Vigilante de Obras» y «Vigilante de Explotación» de la categoría de Auxiliar de Carreteras del Plan de Empleo de la Consejería de Fomento.

SecciónIII - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyOrden

ORDEN PAT/1745/2005, de 16 de diciembre, por la que se resuelve la adjudicación de plazas a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para acceder a las especialidades de 'Vigilante de Obras' y 'Vigilante de Explotación' de la categoría de Auxiliar de Carreteras del Plan de Empleo de la Consejería de Fomento.

La Orden PAT/1377/2005, de 11 de octubre ('Boletín Oficial de Castilla y León' del día 24), conforme a la propuesta del Tribunal calificador, aprobó y publicó la relación definitiva de aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para acceder a las especialidades de 'Auxiliar de Carreteras-Vigilante de Obras' y 'Auxiliar de Carreteras-Vigilante de Explotación' convocadas al amparo del Plan de empleo de personal de carreteras y control de calidad de edificación y obra pública, aprobado por el Decreto 133/1997, de 19 de junio.

Transcurrido el plazo de presentación de documentos señalado en el apartado segundo de dicha Orden, procede la adjudicación de vacantes a los aprobados que han acreditado documentalmente el cumplimiento de los requisitos exigidos.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el punto 5 del Anexo IV del Decreto 133/1997, de 19 de junio, y en el apartado cuarto de la Orden PAT/1377/2005, de 11 de octubre, esta Consejería RESUELVE:

Primero. Adjudicar las plazas que se indican a los aspirantes aprobados en las pruebas selectivas para acceder a las especialidades de 'Auxiliar de Carreteras-Vigilante de Obras' y 'Auxiliar de CarreterasVigilante de Explotación' que se relacionan en los Anexos que acompañan a la presente Orden, conforme al orden de puntuación alcanzado.

Segundo. La adquisición de las correspondientes especialidades tendrá lugar en el momento de la incorporación al puesto de trabajo, que habrá de producirse a los 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de presente Orden.

Tercero. Los aspirantes aprobados, que no hayan resultado adjudicatarios de puesto de trabajo en este procedimiento, perfeccionarán la adquisición de la especialidad correspondiente cuanto obtengan un destino definitivo por cualquiera de los procedimientos de provisión legalmente establecidos.

Cuarto. Contra la presente Orden, que...

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