DECRETO 50/1994, de 3 de marzo, por el que se acuerda la transformación en anotaciones en cuenta de los títulos que configuran la Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 50/1994, de 3 de marzo, por el que se acuerda la transformación en anotaciones en cuenta de los títulos que configuran la Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León.

EXPOSICION DE MOTIVOS:

La Disposición Transitoria Primera número cuatro del Real Decreto 116/1992, de 14 de febrero sobre representación de valores por medio de anotaciones en cuenta y compensación y liquidación de Operaciones Bursátiles establece la posibilidad de la transformación en anotaciones en cuenta de los títulos en que están representadas las emisiones de Deuda Pública de las Comunidades Autónomas, como valores que permanecen liquidándose a través del sistema de fungibilidad regulado por el Decreto 1128/1974, de 25 de abril.

La representación de valores por medio de anotaciones en cuenta es condición necesaria para la admisión a negociación en un mercado oficial, encomendándose la llevanza del registro contable de los valores admitidos a negociación en Bolsa al Servicio de Compensación y Liquidación de valores.

Ello supondría un sistema mucho más ágil y eficaz de gestión y liquidación de los títulos que configuran las Emisiones de Deuda Pública de la Comunidad de Castilla y León.

El Decreto 158/1986, de 23 de octubre, y el Decreto 324/1989, de 28 de diciembre, determinan las condiciones de las emisiones de Deuda Pública de 1986, serie A y de 1989, respectivamente. Fijándose en los mismos que las citadas emisiones se materializan en títulos-valores al portador.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación y aprobación de la Junta de Castilla y León en su sesión celebrada el 3 de marzo de 1994

DISPONGO:

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