ORDEN FYM/614/2014, de 27 de junio, por la que se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2007, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para planta de fabricación de piezas de automoción ubicada en el término municipal de Burgos, titularidad de DAU Componentes, S.A., como consecuencia de la modificación no sustancial 2 (MNS N.º 2).

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

Vista la comunicación de DAU COMPONENTES, S.A. de modificación no sustancial de la planta de fabricación de piezas de automoción ubicada en el término municipal de Burgos y teniendo en cuenta los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La planta de fabricación de piezas de automoción, situada en el término municipal de Burgos, titularidad de DAU COMPONENTES, S.A., se encuentra, en funcionamiento, afectada por las siguientes disposiciones relativas a la autorización ambiental:

* Orden de 9 de noviembre de 2007 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se concede autorización ambiental a DAU COMPONENTES, S.A. para planta de fabricación de piezas de automoción ubicada en el término municipal de Burgos. «B.O.C. y L.» n.º 232, de 29 de noviembre de 2007.

* Orden de 11 de noviembre de 2009 de la Consejería de Medio Ambiente por la que se acuerda considerar como modificación no sustancial la solicitud realizada por DAU COMPONENTES, S.A., para la eliminación de un foco de emisión atmosférica y de determinadas materias primas en su planta de fabricación de piezas de automoción en el término municipal de Burgos y se modifica la Orden de Autorización Ambiental. «B.O.C. y L.» n.º 230, de 1 de diciembre de 2009.

* Orden FYM/49/2014, de 3 de enero, sobre actualización de autorizaciones ambientales integradas en Castilla y León. «B.O.C. y L.» n.º 27, de 10 de febrero de 2014.

Segundo.- Con fecha 23 de enero de 2014 ha tenido entrada, en el registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Burgos, la comunicación de DAU COMPONENTES, S.A. para la instalación de máquina de limpieza con disolvente,

la revisión de los parámetros a medir en los focos 1, 2, 3 y 4 y la actualización de la lista de residuos peligrosos, como modificación no sustancial n.º 2. Acompaña el escrito la documentación justificativa siguiente:

*· Informe de medición del nuevo foco (P1) asociado a la máquina de limpieza con disolvente realizado por OCA.

* Plan de gestión de disolventes año 2013.

* Justificación de la solicitud de eliminación de los parámetros, HCl y COV´s, en los focos 1, 2, 3 y 4.

Posteriormente tienen entrada los documentos de aceptación de dos residuos peligrosos, uno procedente de la máquina de limpieza de piezas con disolvente con LER 140602* y otro procedente de la limpieza del decantador lamelar de la EDAR con LER 110106*.

Tercero.- Dada la condición de productor de residuos de la empresa, se solicita informe al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Burgos respecto a la actualización de la relación de residuos generados, recibiendo informe favorable el 12 de junio de 2014.

Cuarto.- Vista la documentación, el informe antes mencionado, el Servicio de Prevención Ambiental y Cambio Climático informa que la instalación de nueva máquina de limpieza con disolvente, la revisión de parámetros a medir en los focos F1, F2, F3 y F4 así como la actualización de las tablas de residuos peligrosos suponen modificación de la Orden de Autorización Ambiental otorgada a DAU COMPONENTES, S.A., considerando ésta como no sustancial (MNS N.º 2) en atención a los criterios señalados en el apartado 4, del artículo 10 de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación y a lo establecido en el artículo 14, apartado 1, del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio.

Quinto.- Con fecha 26 de junio de 2014, el Director General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, propone la modificación de la Orden de 9 de noviembre de 2007 de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se concede autorización ambiental para planta de fabricación de piezas de automoción ubicada en el término municipal de Burgos, titularidad de DAU COMPONENTES, S.A. como consecuencia de la modificación no sustancial 2 (MNS N.º 2).

Los antecedentes de hecho mencionados encuentran su apoyo legal en los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Órgano Administrativo competente para resolver sobre las solicitudes de autorización ambiental en el caso de actividades o instalaciones recogidas en los apartados A y B.1 del Anexo I de la Ley 11/2003, de 8 de abril, de Prevención Ambiental de Castilla y León, es el titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente, en virtud de las atribuciones que le confiere el...

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