ORDEN MAM/1737/2006, de 30 de octubre, relativa a la declaración de prevalencia de la utilidad publica de la obra «Autovía de Navarra (A-15). Tramo: Almazán-Cubo de la Solana. Clave: 12-SO-3030» sobre la utilidad pública de terrenos del monte «Matas de Lubia», número 171 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, de la...

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/1737/2006, de 30 de octubre, relativa a la declaración de prevalencia de la utilidad publica de la obra 'Autovía de Navarra (A-15). Tramo: Almazán-Cubo de la Solana. Clave: 12-SO-3030' sobre la utilidad pública de terrenos del monte 'Matas de Lubia', número 171 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, de la pertenencia de la Mancomunidad de los 150 pueblos de Soria y el Ayuntamiento de Soria, sito en el término municipal de Cubo de la Solana.

Examinado el expediente SO-PR-103/06, instruido con motivo de la solicitud formulada por la Dirección General de Carreteras de Ministerio de Fomento, para la ocupación parcial y permanente de terrenos del monte 'Matas de Lubia' número 171 del Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la provincia de Soria, de la pertenencia de la Mancomunidad de los 150 pueblos de Soria y el Ayuntamiento de Soria y sito en el término municipal de Cubo de la Solana, del cual son los siguientes sus:

ANTECEDENTES DE HECHO I. Con fecha 2 de mayo de 2006 tuvo entrada en el Registro de la Delegación Territorial de la Junta de Castilla y León en Soria, un escrito remitido al Servicio Territorial de Medio Ambiente de Soria, por parte de la Dirección General de Carreteras de Ministerio de Fomento, donde se solicita la incoación de un expediente de prevalencia necesario para ejecutar la obra 'AUTOVÍA DE NAVARRA (A-15). TRAMO: ALMAZÁN-CUBO DE LA SOLANA. CLAVE: 12-SO-3030'. La superficie del monte afectada por la obra asciende a 35, 6007 Ha.

II. Con fecha 14 de junio de 2006, la Sección Territorial de Ordenación y Mejora II, emite un informe favorable a la declaración de la prevalencia de las obras sobre la de los terrenos afectados, si bien sujeto a las siguientes condiciones:

· 'Se deberán cumplir todas la prescripciones y condicionantes incluidos en la Declaración de Impacto Ambiental del Estudio informativo de 'Autovía Medinaceli-Soria' de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, incluida en la Resolución de 22 de octubre de 2004, de la Secretaría General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático.

· Se deberán cumplir las medidas preventivas, correctoras y/o compensatorias concretadas en el Anejo n.º 15 'Ordenación ecológica, estética y paisajística' del proyecto.

· Se deberá garantizar la comunicación entre los viales de servicio de ambos márgenes, debiendo tener los pasos inferiores destinados a tal fin, las dimensiones adecuadas para permitir el paso de vehículos destinados a la extinción de incendios (motobombas), así como a vehículos destinados a la realización de...

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