DECRETO 84/2000, de 27 de abril, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa a que da lugar la ejecución del: «Proyecto de ampliación y adecuación de edificio para Albergue de Peregrinos en Trabadelo (León)».

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

DECRETO 84/2000, de 27 de abril, por el que se declara la urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa a que da lugar la ejecución del: 'Proyecto de ampliación y adecuación de edificio para Albergue de Peregrinos en Trabadelo (León)'.

El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Trabadelo (León), mediante escrito de fecha 16 de marzo de 2000, interesa de la Junta de Castilla y León, la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos objeto del procedimiento expropiatorio que se sigue en la citada Corporación para la ejecución del 'Proyecto de ampliación y adecuación de edificio para Albergue de Peregrinos en Trabadelo (León)'.

El Proyecto de obras fue aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación Municipal en sesión celebrada el día 24 de noviembre de 1999.

La relación de los bienes y propietarios afectados ha sido sometida al trámite de información pública mediante su publicación en el 'Boletín Oficial de la Provincia' n.º 23 del día 29 de enero de 2000 y en un diario de mayor circulación de la provincia, sin que consten reclamaciones.

La Corporación Municipal, en fin, justifica la urgencia en la necesidad de dotar al municipio de unas mínimas infraestructuras que le permitan ofrecer los servicios adecuados, máxime cuando se trata de una población encuadrada en la ruta del Camino de Santiago y, por ende, lugar de tránsito de numerosos peregrinos.

Alude, igualmente, el Ayuntamiento a que el Proyecto se encuentra encuadrado dentro de los Planes de Subvenciones otorgados por dos diferentes Administraciones Públicas:La Diputación Provincial de León dentro del programa a Ayudas al Camino de Santiago y, el Ministerio de Fomento, con cargo al denominado 1 por 100 Cultural. Estas subvenciones, ya otorgadas, imponen al Ayuntamiento unos plazos de ejecución del Proyecto, imposibles de cumplir de no acudirse al procedimiento excepcional de urgencia.

Es doctrina consolidada delTribunal Supremo, entre otras, en las...

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