Orden EYH/365/2003, de 28 de febrero, por la que se aprueban las adaptaciones del Manual de Procedimiento para la gestión, seguimiento y control de los Fondos Europeos.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

I V. OTRAS DISPOSICIONES Y AC U E R D O S

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

ORDEN EYH/365/2003, de 28 de febrero, por la que se aprueban las a d aptaciones del Manual de Procedimiento para la ge s t i ó n , s eg u i miento y control de los Fondos Europeos.

La Orden de 12 de abril de 2002 de la Consejería de Economía y Hacienda aprobó el Manual de Procedimiento para la gestión, seguimiento y control de los Fondos Europeos, elaborado por la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comunitarios, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 5.º de la Orden de 20 de junio de 2001 de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se regula la elección, seguimiento, certificación y control de los gastos cofinanciados por la Unión Europea.

En el propio Manual de Procedimiento se re c oge en su Capítulo I ap a rtado 1.3 su carácter vivo y ab i e rt o , ya que se articula como un procedimiento reglado y ab i e rto a los efectos de su continua adecuación a las nu evas reglamentaciones y ex i gencias de calidad en la gestión de los Fondos Euro p e o s , en permanente adap t a c i ó n , lo que hace necesari o e fectuar de fo rma periódica dichas adaptaciones contempladas en el M a nu a l .

En virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 230/1999 de 19 de agosto y artículo 26 de la Ley 3/2001 de 3 de julio del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

DISPONGO:

A rtículo 1.­ Se ap ru eban las adaptaciones llevadas a cabo en el Manual de Procedimiento para la gestión, seguimiento y control de los Fondos Europeos,que a efectos de publicidad figura en la página WEB de la Dirección General de Presupuestos y Fondos Comu n i t a ri o s (http://www.jcyl.es/europa).

Artículo 2 ­ Este Manual, adaptado a las nuevas exigencias, será de aplicación y obligado cumplimiento para todos los órganos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que intervengan en la gestión de los Fondos Europeos, así como para las Entidades que participen en los programas responsabilidad de la Junta de Castilla y León.
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