RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1999, de la Universidad de Salamanca, por la que se publica la instrucción general de adaptación parcial de los procedimientos administrativos universitarios a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Reforma del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorUniversidad de Salamanca
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 1999, de la Universidad de Salamanca, por la que se publica la instrucción general de adaptación parcial de los procedimientos administrativos universitarios a la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Reforma del Régimen Jurídico de las Administracio nes Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La Junta de Gobierno de la Universidad de Salamanca en su sesión ordinaria celebrada el día 4 de mayo de 1999, haciendo uso de la competencia que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Salamanca, aprobó la siguiente instrucción general de adaptación parcial de los procedimientos administrativos universitarios.

Salamanca, 25 de mayo de 1999.

El Rector,

Fdo.: IGNACIO BERDUGO GÓMEZ DE LA TORRE ADAPTACIÓN PARCIAL DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SEGUIDOS EN LA UNIVERSIDAD DE SALAMANCA A LA LEY 4/1999, DE 13 DE ENERO,

DE REFORMA DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LASADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVOCOMÚN La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común supuso grandes cambios en la gestión administrativa, que dieron lugar al acuerdo de la Junta de Gobierno de la Universidad de Salamanca de 27 de octubre de 1994, sobre adecuación de procedimientos. La reciente Ley 4/1999, de 13 de enero, reforma aquella Ley en aspectos básicos, resultando urgente la adaptación parcial de algunos procedimientos existentes en la Universidad de Salamanca y derogar expresamente algunos aspectos del citado acuerdo de la Junta de Gobierno con el fin de garantizar la necesaria seguridad jurídica de la comunidad universitaria. A tal fin, la Junta de Gobierno mediante la presente Instrucción General, establece la adecuación parcial de algunos aspectos de los procedimientos administrativos, sin perjuicio de la adecuación definitiva y total que tendrá lugar una vez hagan uso el Gobierno central y regional de sus respectivas facultades de adaptación de los procedimientos preexistentes.

Artículo 1 Plazos máximos para resolver los procedimientos.
  1. El plazo máximo para resolver los procedimientos administrativos de la Universidad de Salamanca y notificar lo resuelto al interesado será de tres meses.

  2. El plazo máximo para resolver será el preciso para culminar el procedimiento con arreglo a los trámites, incidencias o reclamaciones que se susciten, de acuerdo con su respectiva reglamentación, con el límite máximo de seis meses, cuando se trate de los siguientes procedimientos:

    1. Procedimientos de selección de personal funcionario docente y no docente.

    2. Procedimientos de concesión de ayudas o subvenciones.

    3. Procedimientos de preinscripción, admisión y matriculación.

  3. Cuando por el número de las solicitudes formuladas o de personas afectadas, no resulte fundadamente previsible el cumplimiento del plazo máximo de resolución, el órgano competente para resolver, o su superior jerárquico, podrán acordar la ampliación del plazo máximo sin que ésta pueda exceder el establecido inicialmente para la tramitación del procedimiento. Ello sin perjuicio, por lo que se refiere a los plazos parciales para realizar cada trámite, del uso de la facultad reconocida por el Art. 49.1 de la Ley 4/1999, de ampliarlos en su mitad como máximo, si las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR