ACUERDO 45/2016, de 21 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueba el IV Plan de Salud de Castilla y León, Perspectiva 2020.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorUniversidad de Valladolid
Rango de LeyAcuerdo

La Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, establece en su artículo 74, que la Comunidad Autónoma ostenta competencias exclusivas, sin perjuicio de las facultades reservadas al Estado, en materia de sanidad y salud pública, la promoción de la salud en todos los ámbitos, la planificación de los recursos sanitarios públicos, la coordinación de la sanidad privada con el sistema sanitario público y la formación sanitaria especializada.

La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y más recientemente, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud constituyen el marco de referencia estatal en relación con la planificación en salud.

La Ley General de Sanidad establece en el artículo 54 que cada Comunidad Autónoma elaborará un Plan de Salud que comprenderá todas las acciones sanitarias necesarias para cumplir los objetivos de sus Servicios de Salud.

La Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud en su artículo 64 determina que, sin perjuicio de las competencias autonómicas de planificación sanitaria y de organización de los servicios, el Ministerio de Sanidad y Consumo y los órganos competentes de las comunidades autónomas elaborarán planes sobre las patologías más prevalentes, relevantes o que supongan una especial carga sociofamiliar.

Estos planes, que tratarán de garantizar una atención sanitaria integral desde la prevención hasta la rehabilitación, incluirán criterios, estándares mínimos de atención y objetivos que servirán de base para el abordaje de estos problemas de salud por las comunidades autónomas.

En Castilla y León, el marco normativo de referencia establecido para abordar la elaboración del Plan de Salud lo constituye la Ley 8/2010, de 30 de agosto, de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León, que en su Título VI, establece el contenido, la elaboración y la vigencia, considerándolo como el instrumento estratégico superior para la planificación y dirección del Sistema de Salud de Castilla y León.

El III Plan de Salud de Castilla y León, fue aprobado por Acuerdo 116/2008, de 30 de octubre, y su vigencia concluyó en el año 2012. Por este motivo, la Consejería de Sanidad ha elaborado el IV Plan de Salud de Castilla y León el cual constituye el documento estratégico que orientará las acciones y proyectos del Sistema Sanitario de Castilla y León durante los próximos años hacia aquellos que tienen más impacto en los...

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