ORDEN HAC/22/2006, de 13 de enero, por la que se acuerda la publicación de las tarifas actualizadas de las Tasas para el año 2006

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Hacienda
Rango de LeyOrden

ORDEN HAC/22/2006, de 13 de enero, por la que se acuerda la publicación de las tarifas actualizadas de las Tasas para el año 2006.

El artículo 45 de la Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para el año 2006, dispone la publicación en el 'Boletín Oficial de Castilla y León' de las tarifas actualizadas de las tasas de la Comunidad.

El artículo 43 de este mismo texto legal, establece que para el año 2006 se elevan con carácter general los tipos de cuantía fija de las tasas en un dos por ciento con respecto a las cantidades exigibles en el año 2005. También se fija el importe mínimo de toda liquidación de tasas, que no podrá ser inferior a la cantidad de tres euros. Asimismo, se autoriza a la Consejería de Hacienda para efectuar determinados redondeos en las cuantías de las tasas.

Por su parte, la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras, en el Capítulo VI ha modificado varios artículos de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León. Así, modifica las cuotas de la Tasa del 'Boletín Oficial de Castilla y León', añade una nueva causa de exención en el pago de la Tasa por la participación en las pruebas de selección para acceder a la condición de personal al servicio de la Administración de la Comunidad, incorpora un nuevo apartado en la Tasa por prestación de servicios veterinarios para la identificación de ganado ovino y caprino, modifica las cuotas y las exenciones de la Tasa en materia de caza, modifica una de las causas de exención de la Tasa en materia de pesca, modifica la cuota de la Tasa por servicios sanitarios, añade una nueva cuota en la Tasa por expedición de títulos académicos y profesionales no universitarios, incorpora un nuevo apartado y modifica algunas cuotas de la Tasa en materia de Minas e incorpora un nuevo apartado a la Tasa por servicios farmacéuticos.

Las tarifas actualizadas, conforme a las normas indicadas, serán aplicables durante la vigencia de la Ley de Presupuestos Generales para el año 2006, salvo que se llevase a efecto la modificación de alguna tasa.

Por ello, en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad para 2006,

DISPONGO:

La publicación de las tarifas de las tasas propias de la Comunidad de Castilla y León, aplicables a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2006, que son las que figuran en el Anexo de esta Orden.

Valladolid, 13 de enero de 2006.

La Consejera de Hacienda,

Fdo.: MARÍA DEL PILAR DEL OLMO MORO ANEXO TASA DEL BOLETÍN OFICIAL DE CASTILLA Y LEÓN Regulación: Artículos 21 a 24 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Las cuotas se han modificado por el artículo 16 de la Ley 13/2005, de 27 de diciembre, de Medidas Financieras para el año 2006.

Las siguientes cuotas no incluyen el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Código 301 Tasa Boletín Oficial de Castilla y León Cuotas (Euros) 301.1 Suscripción Suscripción anual 186, 80

Suscripción efectuada comenzado el año: Por cada mes pendiente de transcurrir hasta finalizar el año: 15, 60

301.2 Venta de ejemplares Venta de ejemplar suelto del año en curso 0, 76

301.3 Inserción de anuncios Por dígito 0, 07

B.O.C. y L. - N.º 12 Miércoles, 18 de enero 2006 1059

TASA EN MATERIA DE ASOCIACIONES, FUNDACIONES Y COLEGIOS PROFESIONALES Regulación: Artículos 25 a 27 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, modificados por el artículo 31 de la Ley 9/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005. Elevación de las cuotas: Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2006.

Código 309.2 Tasa en materia de asociaciones, fundaciones y colegios profesionales Cuotas (Euros) 309.2.2 Certificaciones Por el primer folio 3, 30

Por los siguientes folios 1, 70

TASA POR LA PARTICIPACIÓN EN LAS PRUEBAS DE SELECCIÓN PARA ACCEDER A LA CONDICIÓN DE PERSONAL AL SERVICIO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD Regulación: Artículos 28 a 32 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Elevación de las cuotas: Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2006.

Código 309.1 Tasa por la participación en pruebas selectivas de personal Cuotas de la Administración de la Comunidad (Euros) 309.1.1 Personal funcionario Grupo A 26, 75

Grupo B 22, 25

Grupo C 13, 35

Grupo D 8, 95

309.1.2 Personal laboral Grupo I 15, 40

Grupo II 10, 30

Grupo III y IV 7, 75

Grupo V y VI 5, 00

TASA EN MATERIA DE ESPECTÁCULOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS Regulación: Artículos 33 a 37 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Elevación de las cuotas: Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2006.

Código 309.3 Tasa en materia de espectáculos y actividades recreativas Cuotas (Euros) 309.3.1 Pruebas deportivas 16, 90

309.3.2 Espectáculos taurinos 45, 50

Espectáculos taurinos populares 25, 85

TASA EN MATERIA DE JUEGO Regulación: Artículos 38 a 41 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, modificados por el artículo 32 de la Ley 9/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Económicas, Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Castilla y León para el año 2005. Elevación de las cuotas: Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2006.

Código 309.4 Tasa en materia de juego Cuotas (Euros) 309.4.1 Autorizaciones De apertura y funcionamiento de Casinos 2.451, 45

De apertura y funcionamiento de Salas de Bingo 582, 30

De apertura y funcionamiento de Salones recreativos (Máq. Tipo A). 230, 95

De apertura y funcionamiento de Salones de Juego 436, 00

De habilitación de otros recintos y locales para la instalación de máquinas o para la práctica del juego 78, 70

De inscripción en el Registro de Empresas relacionadas con las Máquinas Recreativas y de Azar 115, 15

De explotación de máquinas recreativas (Tipo A) 41, 65

De homologación de material de juego 115, 15

De celebración del juego de las chapas 27, 95

De interconexión de máquinas 36, 00

309.4.2 Renovaciones y modificaciones de las autorizaciones El 50% de la cuota correspondiente 309.4.3 Expedición de documentos profesionales 18, 70

1060 Miércoles, 18 de enero 2006 B.O.C. y L. - N.º 12

TASA POR ACREDITACIÓN DE LABORATORIOS DE ENSAYO PARA EL CONTROL DE CALIDAD DE LA CONSTRUCCIÓN Regulación: Artículos 42 a 45 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Elevación de las cuotas: Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2006.

Código 302.2 Tasa por acreditación de laboratorios de ensayo Cuotas para el control de calidad de la construcción (Euros) 302.2.1 Por expediente de acreditación Por una sola área 921, 90

Por cada área adicional 461, 65

302.2.2 Por seguimiento de la acreditación Por una sola área 423, 25

Por cada área adicional 211, 65

302.2.3 Por inspección Por una sola área 273, 00

Por cada área adicional 136, 55

302.2.4 Por renovación de la acreditación 246, 45

TASA EN MATERIA DE VIVIENDA Regulación: Artículos 46 a 50 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Código 302.3 Tasa en materia de vivienda Cuotas (Euros) 302.3.1 Calificación de V.P.O.

Para venta: Se aplica la siguiente escala en función del presupuesto protegible, siendo como mínimo el importe en cada tramo igual al importe máximo correspondiente al tramo anterior.

Presupuesto protegible (euros) Tipo Hasta 60.101, 21 0, 100 % De 60.101, 22 a 300.506, 05 0, 090 % De 300.506, 06 a 721.214, 53 0, 080 % De 721.214, 53 a 1.202.024, 21 0, 070 % De 1.202.024, 21 a 1.803.036, 31 0, 065 % De 1.803.036, 32 a 3.005.060, 52 0, 060 % De 3.005.060, 53 a 4.808.096, 84 0, 055 % Más de 4.808.096, 84 0, 050 % Para arrendamiento: A los valores anteriores se aplica un coeficiente de 0, 80

302.3.2 Calificación de viviendas protegidas de la Comunidad:

Para venta: A los valores anteriores se aplica un coeficiente de 1, 67

Para arrendamiento: A los valores anteriores se aplican los coeficientes de 1, 67 y 0, 80.

302.3.3 Rehabilitación de viviendas de protección oficial o de viviendas protegidas de la Comunidad Se aplica un coeficiente de 0, 50 sobre los valores anteriores;

según la calificación de que trate TASA EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES.

RADIODIFUSIÓN SONORA Regulación: Artículos 51 a 55 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Elevación de las cuotas: Ley 14/2005, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad para el año 2006.

Código 303.2 Tasa en materia de radiodifusión sonora Cuotas (Euros) 303.2.1 Adjudicación, renovación o transferencia de la titularidad:

Por cada vatio de potencia asignado a la frecuencia conforme al Plan Técnico Nacional de Radiodifusión. 3, 35

303.2.2 Modificaciones en la titularidad del capital o ampliación de éste:

Por cada autorización. 128, 10

303.2.3 Certificaciones de los datos obrantes en el Registro de Radiodifusión sonora de la Comunidad de Castilla y León: 6, 60

B.O.C. y L. - N.º 12 Miércoles, 18 de enero 2006 1061

TASA EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES.

TELEVISIÓN DIGITAL TERRENAL Regulación: Artículos 158 a 162 (ambos inclusive) de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, incorporados por la Ley 13/2003, de 23 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR