ORDEN IYJ/904/2008, de 5 de junio, por la que se resuelve parcialmente el objetivo de acometer inversiones para la prestación de servicios y dotaciones de los Entes Locales, con la finalidad de lograr su cohesión territorial, o atender de forma especial a zonas que así lo requieran, previsto en la convocatoria de subvenciones dirigidas al cumplimiento y ejecución de determinadas medidas del Pacto Local de Castilla y León. (Continúa en Suplemento)

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejería de Interior y Justicia
Rango de LeyOrden

ORDEN IYJ/904/2008, de 5 de junio, por la que se resuelve parcialmente el objetivo de acometer inversiones para la prestación de servicios y dotaciones de los Entes Locales, con la finalidad de lograr su cohesión territorial, o atender de forma especial a zonas que así lo requieran, previsto en la convocatoria de subvenciones dirigidas al cumplimiento y ejecución de determinadas medidas del Pacto Local de Castilla y León.

El Pacto Local aprobado por la Junta de Castilla y León el 3 de noviembre de 2005 contiene una serie de importantes medidas de carácter económico. Existen de una parte, medidas y sus correspondientes recursos económicos, que tienen cabida dentro de las tradicionales líneas de ayudas del Fondo de Cooperación Local.

Restan, sin embargo, otra serie de medidas cuya ejecución ha precisado una regulación específica, que se contiene en la ORDEN PAT/583/2006, de 6 de abril, por la que se aprueban las normas reguladoras de la línea de subvenciones dirigidas al cumplimiento y ejecución de determinadas medidas del Pacto Local de Castilla y León.

En virtud de lo previsto en el artículo 5 de las citadas normas reguladoras, por Orden IYJ/1855/2007, de 20 de noviembre, se efectuó la convocatoria pública para la concesión de las mismas.

Entre los objetivos recogidos en la convocatoria para dicha línea de subvenciones se encuentra el acometer inversiones para la prestación de servicios y dotaciones de los Entes Locales, con la finalidad de lograr su cohesión territorial, o atender de forma especial a zonas que así lo requieran.

De conformidad con el artículo 6.2 de las mencionadas normas reguladoras y el ordeno séptimo de la orden de convocatoria, se efectúa resolución parcial de la misma.

El artículo 6.1 de la citada Orden PAT/583/2006, de 6 de abril, establece que el órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es la Consejería de Presidencia y Administración Territorial.

El Decreto 2/2007, de 2 de julio, del Presidente de la Junta de Castilla y León, de Reestructuración de Consejerías, en su artículo 6.º atribuye a la Consejería de Interior y Justicia las competencias que, hasta dicha fecha, tenía atribuidas la Consejería de Presidencia y Administración Territorial en materia de Administración Local.

El artículo 1.c) del Decreto 70/2007, de 12 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Interior y Justicia, dispone que compete a la Consejería de Interior y Justicia, bajo la superior dirección del Consejero, la dirección de la política de la Junta en materia de cooperación económica local y la gestión de las ayudas de la cooperación local de carácter general.

Por todo lo expuesto, cumplidos los trámites previstos en la Orden de la Consejería de Hacienda de 25 de enero de 2006 y en uso de las atribuciones que me otorga el artículo 1.c) de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR