DECRETO 17/1985, de 1 de marzo, sobre aceptación por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, de avales de las Sociedades de Garantía Recíproca.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Economia y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 12-03-1985 Nº Boletín: 19 / 1985

DECRETO 17/1985, de 1 de marzo, sobre aceptación por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, de avales de las Sociedades de Garantía Recíproca.

Conforme dispone el ordenamiento jurídico estatal, las Sociedades de Garantía Recíproca tienen carácter financiero, siendo su objetivo prestar garantías por aval o por cualquier otro medio admitido en derecho, por lo que, debido a su progresiva actuación, es conveniente resolver sobre la validez de los avales o fianzas prestados por las referidas Sociedades ante la Comunidad Autonoma de Castilla y León, para garantizar las responsabilidades a empresarios individuales o sociales, socios partícipes de aquéllas.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación de la Junta en su reunión de 1 de marzo de 1985,

DISPONGO:

Artículo 1º Las Sociedades de Garantía Recíproca, cuyo domicilio social radique en la Comunidad Autónoma de Castilla y León, podrán prestar avales y fianzas ante la Administración de dicha Comunidad para garantizar las responsabilidades a empresarios individuales o sociales, socios participes de las citadas Sociedades, excepto las correspondientes al cumplimiento de obligaciones tributarias.
Art. 2º Para que puedan ser aceptadas las fianzas y avales de las Sociedades de Garantía...

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