DECRETO 133/1998, de 9 de julio, por el que se regula el Consejo Regional para las personas mayores de Castilla y León.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad y Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 15-07-1998 Nº Boletín: 133 / 1998

DECRETO 133/1998, de 9 de julio, por el que se regula el Consejo Regional para las personas mayores de Castilla y León.

El Estatuto de Autonomía de Castilla y León establece en su artículo 7.2 que los poderes públicos promoverán las condiciones para facilitar la participación de todos los castellanos y leoneses en la vida política, económica, cultural y social.

En la misma línea de fomento de la participación, aunque referida específicamente a la materia de acción social, en el artículo 19 de la Ley 18/1988, de 28 de diciembre, de Acción Social y Servicios Sociales, se dispone que los poderes públicos de la Comunidad Autónoma asegurarán la participación de los ciudadanos en los diversos ámbitos territoriales.

El desarrollo y ejecución de actuaciones dirigidas a la atención, integración y participación de las personas mayores, constituye un objetivo esencial de la política a desarrollar por los poderes públicos y así se manifiesta en el artículo 49 de la Constitución Española y en la citada Ley de Acción Social y Servicios Sociales.

Con el fin de dar respuesta eficaz al mandato contenido en los mencionados textos legales, de potenciar y facilitar la presencia y participación de las personas mayores en la dinámica social, se aprobó la Orden 4 de mayo de 1994 de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social por la que se creó el Consejo Regional para las Personas Mayores de Castilla y León, facilitando así, un cauce de comunicación entre la Administración Pública y el sector que representa para posibilitar una intervención en todos aquellos temas, que les afecten en materia de Acción Social.

La creación de la Gerencia de Servicios Sociales por la Ley 2/1995 de 6 de abril y la asunción de nuevas competencias en materia de Servicios Sociales por la Comunidad de Castilla y León, han mostrado la necesidad de derogar la Orden de creación del Consejo Regional y proceder a una nueva regulación de su organización y funcionamiento, para facilitar el mejor cumplimiento de sus objetivos.

En su virtud previo informe del Consejo Regional de Acción Social, a propuesta del Consejero de Sanidad y Bienestar Social y previa deliberación de la Junta de Castilla y León, en su reunión del día 9 de julio de 1998,

DISPONGO:

Artículo 1 º Objeto

El presente Decreto tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del Consejo Regional para las Personas Mayores de Castilla y León, como órgano de participación de naturaleza consultiva y asesora de la Gerencia de Servicios Sociales, para la promoción de iniciativas que aseguren la colaboración activa de las personas mayores en las decisiones y medidas que les afecten, articulando un cauce para la representación de las Organizaciones y Asociaciones existentes en este sector ante las distintas Instituciones.

Artículo 2 º Objetivos del Consejo Regional

Los objetivos básicos del Consejo Regional para las Personas Mayores de Castilla y León son:

  1. Velar por el respeto, la libertad de su ejercicio y en definitiva, el cumplimiento de los derechos de las personas mayores en toda la Comunidad de Castilla y León.

  2. Procurar una incorporación más activa de las personas mayores en la vida social, política y cultural.

  3. Ser el interlocutor de las personas mayores ante las Administraciones Públicas.

Artículo 3 º Funciones del Consejo Regional

El Consejo Regional para las Personas Mayores de Castilla y León tiene las siguientes funciones:

Constituir un foro de debate permanente sobre la problemática relacionada con este sector y sus soluciones.

Impulsar la participación de los usuarios en la prestación de los servicios y conocer la calidad de los mismos.

Proponer a los poderes públicos las medidas que estimen oportunas con el fin de conseguir un mayor bienestar.

Promover las relaciones intergeneracionales que faciliten la solidaridad.

Proponer iniciativas para el fomento del asociacionismo, y para propiciar la comunicación y la cooperación entre Asociaciones.

Promover el desarrollo y seguimiento del Plan Regional de las Personas Mayores y cualquier otro que les afecte.

Elaborar informe-memoria anual sobre las actividades desarrolladas y dar periódicamente a conocer dichas actividades a las organizaciones del sector al que representan.

Nombrar a los representantes para el Consejo Estatal de Personas Mayores, así como para el Consejo Regional de Acción Social y posibles órganos de coordinación con otras Comunidades Autónomas.

Impulsar la elaboración de informes, estudios, programas y cualesquiera otras actividades de investigación y divulgación.

Elaborar y aprobar...

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