DECRETO 227/1995, de 9 de noviembre, de atribución de funciones y servicios en materia de Fundaciones.

SecciónII - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Presidencia y Administracion Territorial
Rango de LeyDecreto

Fecha del Boletín: 14-11-1995 Nº Boletín: 218 / 1995

DECRETO 227/1995, de 9 de noviembre, de atribución de funciones y servicios en materia de Fundaciones.

La Comunidad de Castilla y León tiene competencia exclusiva, sin perjuicio de lo establecido en el art. 149 de la Constitución, en materia de Fundaciones que desarrollen principalmente sus funciones en la misma, según lo dispuesto en el art. 26.1.26. del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 11/1994, de 24 de marzo.

Asimismo, el Real Decreto 830/1995, de 30 de mayo, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, por el que se concretan las funciones y servicios de la Administración del Estado que son objeto de traspaso a la Comunidad de Castilla y León en materia de Fundaciones.

Por otro lado, el Decreto 118/1995, de 11 de julio, de atribución de funciones y servicios en materia de Fundaciones, atribuyó, las funciones y servicios traspasados en el Real Decreto antedicho, a la Consejería de Presidencia y Administración Territorial, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.º h) del Decreto Legislativo 1/1988, de 21 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Gobierno y de la Administración de Castilla y León.

La variedad de los fines que realizan las...

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